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DEPARTAMENTO DE QUINQUENIOS Y MATRIMONIOS.-
Objetivo:-
- Mantener al día el Expediente de los Abogados y Notarios Públicos a nivel nacional
- Realizar Agilización eficaz de las Solicitudes de Quinquenios y Libro de Matrimonios.
Metas:
- Atención a los Notarios Públicos para Registros de Sellos, Firmas y Actualizaciones de Direcciones.
- Cumplimiento a los requerimientos presentados sobre solicitudes de quinquenios y matrimonios.
Requisitos para solicitar su autorización de quinquenio.
- Escrito en Papel Sellado o Papel Común, solicitando su nueva autorización para Cartular, debidamente firmado y sellado
- El escrito que exprese literalmente que solicita autorización para cartular.
Presentar el Escrito ante la Secretaria de este Supremo Tribunal
Requisitos para solicitar su autorización del Libro de Matrimonio.
- Escrito en Papel Sellado o Papel Común, solicitando su nueva autorización para su Libro de Matrimonio, debidamente firmado y sellado.
- Pago de BANPRO de US$40.00 (CUARENTA DOLARES) equivalente en córdobas.
- Presentar Escrito y Pago de Banpro ante la Secretaria de este Supremo Tribunal.
Funciones del Departamento:
- Recepcionar y evacuar las solicitudes que de Secretaria de la Corte Suprema de Justicia reciba, y que estos a su vez cumplan con la formalidad.
- Valoración de la solicitud, sea esta de quinquenio o Matrimonio, de tal modo que se le dé el trámite correspondiente.
- Revisar el expediente y la ficha judicial del notario, que este se encuentre al día con sus remisiones de índices y en su caso de matrimonio, que sus datos personales y dirección estén al día así como la firma y sello debidamente registrado.
- Resolver junto con el Notario los trámites necesarios para cumplimiento de las normativas legales y proceder a elaborar su solvencia, una vez subsanado estos vacíos.
- Elaborar la respectiva solvencia y junto con la solicitud enviar a secretaria para lo de su cargo.
- Elaborar la solvencia de matrimonio cumpliendo con las formalidades conforme acuerdo 214 ordenado por el Consejo Nacional de Administración y Carrera Judicial cumpliendo en tiempo y forma con lo ahí ordenado.
- Recepcionar los Acuerdos de quinquenios autorizados para su debida anotación en su respectiva Ficha Judicial y a su vez enviarla al departamento de Registro, para su debida publicación.
- Recepcionar las autorizaciones de Libros de Matrimonios y registrar estos cuantos sean autorizados en su respectiva Ficha judicial, para dar cumplimiento al artículo 4 del decreto 658, y remitirlo al departamento de registro, para su debida publicación.
- Registrar los Sellos y Firmas de acuerdo a las resoluciones emitidas con el Consejo Nacional de Administración y Carrera Judicial, a como las que nos remite la Dirección General de Inspectoría Judicial, artículos 3 del decreto 658 y Circular del CNACJ del 12 de Mayo del 2010.
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