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Este proceso de modernización y desarrollo se consólida y fortalece con el Código de Ética del Poder Judicial, por su incidencia en la superación de quien administra justicia. No tiene sentido, ni mayor significado el desarrollo de la estructura física, operativa y jurídica de un país, si este proceso no marcha paralelo con el desarrollo ético de las personas responsables de su uso y aplicación.

Como lo señalé personalmente en su oportunidad, “el Código de Ética es una espiga de profundos pensamientos” que traen a la reflexión, a la conciencia y a la práctica, un marco moral de referencias que orientan las decisiones y actos de los operadores de justicia, hacia el recto y honesto cumplimiento de sus responsabilidades jurídicas.

Debemos destacar que en la medida que se fortalezca la cultura ética en los funcionarios judiciales, estarán también en condiciones de servir mejor a la justicia, en virtud de los vínculos estrechos que guarda el Derecho con la Ética.

A juicio de García Máynez: “Tanto los creadores, como los aplicadores y los destinatarios de las normas de derecho, jamás han de perder de vista, al desempeñar sus funciones, o acatar sus deberes, los valores que, sea como órganos del Estado, sea como simples particulares, sirven de base y orientación al cumplimiento de sus respectivas tareas.”

En la misma dirección, otro notable jurista, Gustavo Radbruch, afirma que “la validez del Derecho descansa en la moral”, para concluir diciendo; “La rectitud de una conducta no puede basarse inductivamente en hechos empíricos; sino que debe derivarse deductivamente de valores superiores”.

Reconociendo la relación de la Ética con el Derecho, los Presidentes de la Corte Suprema de Justicia adoptaron en la IV Cumbre Iberoamericana realizada en Caracas, Venezuela en 1998, la decisión de que debía elaborarse un Código de Ética, como medida para evitar la corrupción y dar garantía de integridad, imparcialidad y prontitud en la administración de Justicia.

Así mismo, en la Sexta Reunión de Cumbres de Cortes Supremas de Justicia (2001), se aprobó el Estatuto del Juez Iberoamericano, que destaca en su preámbulo, que la calidad del servicio judicial no solo puede garantizarse mediante el hecho de que los jueces dispongan de las necesarias herramientas técnico-jurídicas. A ello hay que añadir, fundamentalmente, que el ejercicio de la función judicial se oriente también conforme con determinadas reglas éticas.

Con el mismo objetivo, la XIII Cumbre Judicial Iberoamericana (2003) aprobó el Código Modelo Iberoamericano de Ética Judicial, recomendando a los Poderes Judiciales dotarse de un Código de Ética en sus respectivos países, tomando en cuenta que la actuación de los órganos judiciales incide en gran medida sobre la seguridad jurídica y sobre la lucha contra la impunidad.

Es dentro de ese contexto que el “Plan Operativo Global 2003-2007 del Poder Judicial” contempló en uno de sus componentes la “Ética Pública de la Ciudadanía y Operadores Judiciales”.

Consecuente con esos antecedentes, en Noviembre de 2005, el Consejo Nacional de Administración y Carrera Judicial, me delegó la organización de un equipo de trabajo para elaborar un Proyecto de Código de Ética del Poder Judicial. Por Acuerdo Nº 14 del uno de febrero de 2006, el Consejo ratificó mi nombramiento, designándome Coordinadora del Proyecto.

Cumpliendo con la misión encomendada, se integró una Comisión Técnica de apoyo en la elaboración del Proyecto, con personal calificado de la misma Corte; y una Comisión Ad hoc para la revisión y validación del Borrador del Código, con profesionales del Derecho de prestigio nacional. Ambas Comisiones tomaron posesión de sus cargos en acto solemne, ante el Consejo Nacional de Administración y Carrera Judicial.

II. Marco Referencial en el Proceso de Elaboración del Código de Ética

La Comisión Técnica siguió una metodología participativa en el proceso de elaboración del Código de Ética del Poder Judicial, buscando la toma de conciencia y los aportes  de los mismos destinatarios en la regulación de su conducta en el trabajo y en la vida social. Es así que en este esfuerzo conjunto participaron más de 1,500 profesionales relacionados con el Sistema Judicial de Nicaragua.

La elaboración del Código de Ética, cubrió ocho etapas metodológicas a lo largo de un año de trabajo.

1.    Diagnóstico del déficit ético de los funcionarios y empleados del Poder Judicial. Permitió precisar las debilidades éticas, tanto en los aspectos funcionales, como sociales.

2.    Identificación de valores, esto es de las cualidades del carácter que deben cultivar los funcionarios y empleados del Poder Judicial para superar el déficit ético observado en la etapa anterior.

3.    Determinación de normas, estándares o patrones de conducta, que deben practicar los servidores públicos del Poder Judicial, para realizar los valores identificados en el paso anterior.

4.    Elaboración de un Anteproyecto de Código de Ética, basado en los productos señalados.

5.    Validación por los funcionarios y empleados del Poder Judicial del Anteproyecto de Código.

6.    Elaboración del Proyecto de Código por la Comisión Técnica.

7.    Revisión del Proyecto de Código por la Comisión Ad Hoc.

8.    Presentación del Proyecto al Pleno de la Corte Suprema de Justicia.

Como puede observarse en la descripción anterior, el punto de partida en el proceso de elaboración del Código de Ética, fue la identificación de principios y referentes éticos de los funcionarios y empleados del Poder Judicial, y se señalaron algunas debilidades desde la propia percepción de estos servidores del Estado.

Los resultados en la identificación de estos referentes éticos y el señalamiento de debilidades, son producto de un continuo proceso de reflexión de los operadores y servidores de justicia, y resumen aspectos referidos con carácter general y particular.

Por su importancia refiero que los aspectos que se lograron identificar como debilidades, fueron objeto de mucha reflexión crítica y autocrítica, y en todo momento se señalaron las posibles soluciones tanto en el plano personal como institucional, a través del planteamiento de propuestas concretas.

En los talleres realizados a nivel nacional se señalaron entre otras debilidades en el ejercicio de la función jurisdiccional.

  • Falta motivación de las sentencias; falta de profesionalismo; irresponsabilidad en el cumplimiento de los términos, retardo en las diligencias, falta de vocación profesional; falta de estudio y superación; incapacidad técnica.
  • Incidencia de amiguismo y favoritismo, acusan injerencia en la toma de decisiones de diferentes sectores, retardación de justicia, parcialidad por motivos personales,  aceptación de regalías o prebendas, corruptela, favoritismo hacia ciertos abogados; cobros indebidos en determinadas diligencias judiciales; falta de discreción y sigilo profesional; infidencia sobre proyectos de sentencia; dependencia de los jueces, secretarios y notificadores por realizar diligencias en vehículos con recursos de una de las partes.

Entre las debilidades en el cumplimiento de deberes administrativos, se señaló

Retardo en diligencias; falta vocación de servicio; desorden; irresponsabilidad laboral, inasistencia y falta de puntualidad; jueces que no llegan los días lunes y algunos llegan dos veces a la semana; tolerancia excesiva con personal de apoyo.

Debilidades en las relaciones con el personal.

Irrespeto; desconfianza; malacrianza; prepotencia, petulancia hacia los subordinados; comportamiento descortés y caprichoso; falta de compañerismo; hipocresía laboral con subordinados, pares y superiores; comentarios indiscretos en perjuicio de otros; intolerancia con el subordinado; tolerancia excesiva con el personal de apoyo; trato desigual; sumisión por afinidad (sexo, género, amistad).

Debilidades de las relaciones con abogados y público.

Irrespeto a los usuarios; prepotencia; altanería; en general que no se realizan las audiencias para la atención al público como lo señala la LOPJ; mala atención y selección arbitraria de las personas que se atienden; desorden administrativo en la administración de los juicios.

En los mismos talleres ante tales debilidades éticas se ofrecieron virtudes.

Entre los valores o virtudes que debe cultivar el servidor público del Poder Judicial, los propios funcionarios y empleados de este Poder, señalan de alta importancia, los siguientes: honestidad, integridad, transparencia, imparcialidad, independencia, equidad, diligencia, firmeza de carácter, confidencialidad, decoro, dignidad, rectitud de juicio, sinceridad, responsabilidad laboral, disciplina, profesionalismo, respeto a las personas, cortesía, espíritu de servicio, presentación personal, actualización profesional y  compañerismo, entre otros.

En cuanto a la autoridad que debía aprobar el Código de Ética y su régimen sancionador, se decidió que fuera el mismo Poder Judicial, por tratarse de normas de autorregulación de la conducta. Si la aprobación se hubiera realizado en forma de ley, como los demás Códigos dictados por el Poder Legislativo, este hecho no hubiera sido compatible con la Independencia Judicial, en virtud del Principio de División de Poderes.

Talleres de Trabajo

Aplicando la técnica de trabajo grupal y encuestas de opinión, la Comisión Técnica, con el apoyo de las Subcomisiones Técnicas y de las Delegaciones Departamentales organizó y ejecutaron los siguientes talleres:

1.   Un Taller de Motivación, con la participación de 63 Magistrados de los Tribunales de Apelaciones de todo el país. Tuvo como objetivo interesar a los magistrados en el proyecto de Código de Ética y obtener su opinión sobre las debilidades éticas de los funcionarios judiciales en el ejercicio de sus cargos y en su vida social.

2.   Doce Talleres de Consulta en todas y cada una de las circunscripciones con la participación de 543 funcionarios del área jurisdiccional y administrativa, órganos auxiliares, representantes de otras instituciones del Sistema de Justicia, de las Asociaciones de Abogados, Universidades y diversos organismos de la Sociedad Civil.  En estos talleres se informó sobre la iniciativa del Código de Ética y su importancia. Se expusieron los conceptos básicos sobre ética, se aplicaron cuestionarios requiriendo opinión sobre debilidades éticas y estándares deseables de conducta y se debatieron en plenarios los resultados de los trabajos grupales relacionados con estas debilidades.

3.   Un taller de Consulta en coordinación con la Federación de Sindicatos de Trabajadores del Poder Judicial con 111 participantes y la misma metodología de los talleres anteriores.

4.   Un taller de Consulta, a solicitud del CONADER, en la Universidad de Ciencias y Tecnología (UNICIT), con la participación de 102 catedráticos y estudiantes de Derecho, de diversas universidades del país.

5.   Un foro de Libre Discusión, a solicitud de la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, núcleo Managua, sobre “Cultura de Corrupción y Código de Ética del Poder Judicial”, con la asistencia de 130 participantes, entre estudiantes, docentes e invitados especiales.

6.   Diez Talleres de Retroalimentación y Validación del Anteproyecto de Código de Ética elaborado por la Comisión Técnica y revisado por la Comisión Ad-hoc. Estos Talleres con 404 participantes, se efectuaron con la participación de la Comisión Ad-hoc en todas las circunscripciones del país y correspondió a la segunda fase del proceso encaminado a elaborar el Código de Ética del Poder Judicial.

Instrumentos de Investigación

Los aportes básicos de los funcionarios judiciales y del sistema de justicia en general, lo mismo que los aportes de diversas organizaciones de la sociedad civil, al Proyecto del Código de Ética del Poder Judicial, se dieron a través de encuestas de opinión y cuestionarios aplicados en los talleres de trabajo.

Al respecto se aplicaron cinco cuestionarios.

1.   Cuestionario de Opinión sobre los valores éticos de los funcionarios Judiciales. Se aplicó exclusivamente a los miembros de la carrera Judicial, a diferencia de los demás cuestionarios.

2.   Cuestionario para el diagnóstico de las debilidades éticas de los funcionarios Judiciales.

3.   Cuestionario para el diagnóstico de las debilidades éticas de los funcionarios administrativos y de los órganos auxiliares.

4.   Cuestionario sobre normas y estándares de conducta deseables para cada una de los valores éticos a cultivarse en el poder judicial.

5.   Cuestionario de validación de las conclusiones del taller de motivación.

En la primera fase del proceso de elaboración del Código, con resultados obtenidos en los talleres de consulta, la Comisión Técnica obtuvo los insumos de información necesarios para elaborar el Anteproyecto del Código. Con los talleres de validación que siguieron a continuación, la Comisión obtuvo la opinión fundamentada de los participantes en relación con el anteproyecto elaborado, retroalimentación necesaria para la formulación del proyecto que la Comisión Técnica sometió a la aprobación correspondiente a la segunda etapa del trabajo, de la Comisión ad-hoc, para su posterior presentación a las autoridades superiores del Poder Judicial.

III. Aprobación por el Pleno de la Corte Suprema de Justicia

El Proyecto de Código de Ética fue presentado en el mes de Diciembre de 2006 a la Corte Plena. Este órgano designó a lo inmediato una Comisión Especial, integrada por tres magistrados de la Corte Suprema de Justicia, para su revisión y presentación de observaciones y sugerencias, las cuales fueron trasladas a la Coordinadora del Proyecto en el año 2007.

La etapa posterior de revisión y presentación final del código se vio suspendida por razones ajenas a la voluntad de la comisión que lo elaboraba, siendo nuevamente retomado el Proyecto por orientaciones de la actual Magistrada Presidenta del Supremo Tribunal, Doctora Alba Luz Ramos Vanegas, quien orientó en el mes de Octubre del 2010 continuarlo hasta su nueva presentación al Pleno de la Corte.

Cumpliendo con las orientaciones recibidas, se convocó a la Comisión Técnica para la revisión y redacción final, con base en las observaciones y sugerencias planteadas por la comisión especial de magistrados.

En este proceso final tuvieron destacada participación la Federación de Trabajadores Judiciales de Nicaragua (FETRAJUN-UNE) y la Asociación de Jueces y Magistrados de Nicaragua (AJUMANIC), Organizaciones que consideran como propio el Proyecto Final del Código, y se sometió a la aprobación de Corte Plena el primero de Febrero del presente año. En esta última sesión, la Corte resolvió integrar una Comisión de Magistrados para revisar los procedimientos del Juicio por Responsabilidad Ética, establecido en el Proyecto de Código, en función de lo dispuesto en la Ley 476, Ley de Servicios Civil y Carrera Administrativa y en la Ley 501, Ley de Carrera Judicial.

En los primeros días de Septiembre de 2011, se recibió informe de los resultados de la revisión por la Comisión de Magistrados, con una nueva propuesta de reforma del articulado del Código, a partir del Arto. 54, relacionado con el Juicio por Responsabilidad Ética.

La Comisión Técnica del Código fue convocada nuevamente para  analizar en jornadas extraordinarias de trabajo las observaciones y aportes presentados por la Comisión de Magistrados, los encontró pertinentes y de mucho valor, dando con ello paso a la aprobación final por la Corte Plena del Código de Ética, así como también la aprobación de la Orden de Excelencia Ética, que el Código establece en reconocimiento a  funcionarios y empleados del Poder Judicial que se distinguen por su conducta ejemplar.

Estimados amigos y amigas: El Código de Ética del Poder Judicial tiene la especial característica de ser un producto elaborado por los mismos servidores públicos de Poder Judicial, sujetos a su aplicación.

Este Código, -como señala una de las participantes en los talleres regionales-, será nuestro, porque así lo deseamos ha sido elaborado según nuestras medidas. En él está plasmado nuestro pensamiento y de alguna manera refleja nuestra imagen y el concepto propio sobre la ética, aplicada al cumplimiento del deber para el beneficio de todos y especialmente para la ciudadanía y los usuarios de la administración de justicia, que serán los verdaderos destinatarios del Código. (Perla Margarita Arróliga B.)

En este sentido es oportuno recordar la frase que nos legó De Cueto, “La ética no se impone a las naciones con las leyes. Se les infunde con el ejemplo”.

Estimados amigos y amigas, el éxito del Código de Ética de los Funcionarios y Empleados del Poder Judicial, demanda el apoyo de todos quienes estamos interesados en un Poder Judicial más independiente, imparcial, confiable, íntegro, transparente y eficaz.

Se requiere del respaldo de todos: de los funcionarios judiciales, auxiliares de justicia, empleados y funcionarios administrativos, pero también, de las demás instituciones que integran el Sistema de Justicia, el apoyo de todos los Poderes del Estado, de los medios de comunicación y los ciudadanos nicaragüenses en general, que aspiran a una patria mejor, amante del bien común, libre de corrupción y violencia.

Hago un llamado a todas las fuerzas sanas de nuestro país, para que se unan a nosotros en el esfuerzo de que el Código de Ética,   sea una realidad efectiva que nos ayude a construir una cultura de vida, una cultura de crecimiento y desarrollo que tanto requiere nuestra patria en este momento histórico.

Agradezco la confianza depositada en mí por el Consejo Nacional de Administración y Carrera Judicial de aquel momento, para llevar a cabo una empresa tan importante como es la elaboración del Código de Ética. Ratificada posteriormente dicha voluntad por el pleno de la Corte, gracias a la insistencia y apoyo del Magistrado Marvín Aguilar.

Agradezco el apoyo que nos brindaron los miembros de la Comisión Técnica, de las Subcomisiones Técnicas Regionales y de la Comisión Ad-hoc, sin cuya colaboración no hubiera sido posible el Código de Ética que hoy presentamos en este acto solemne.

De forma muy especial agradezco profundamente el compromiso demostrado por el Doctor Manuel Martínez Sevilla, quién desde su posición de Magistrado Presidente al momento de la conformación de la Comisiones de Trabajo, fue fiel impulsor y defensor de esta iniciativa, y una vez dejada la Presidencia de la Corte, continuo con el mismo ánimo trabajando por dotar al Poder Judicial, de este valiosísimo instrumento auto regulador de nuestras funciones.

Igualmente es necesario reconocer a la Magistrada Presidenta Dra. Alba Luz Ramos, el impulso que dio para la aprobación definitiva de este Código.

Asimismo, justo es reconocer el apoyo brindado por el proyecto BID (P.O.1074/SF.NI), Programa de Fortalecimiento y Apoyo a la justicia, componente 2, particularmente a la Doctora Zarifet Bermúdez y a todo su equipo de apoyo.

Extiendo mi profunda y especial gratitud a nuestra aliada permanente la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, quien ha estado sin condición alguna a nuestro lado, trabajando hombro a hombro por más de una década, en ese esfuerzo continuo de edificar una justicia renovada y más humana para todas y todos los Nicaragüenses.

PROCESO DE ELABORACION DEL CODIGO DE ETICA DEL PODER JUDICIAL DE NICARAGUA.

Ligia Victoria Molina Argüello

I. Antecedentes:

En el marco de las políticas de fortalecimiento y desarrollo del Poder Judicial, la Corte Suprema de Justicia a partir de 1992 ha venido desarrollando esfuerzos significativos y persistentes, dirigidos a dotar a este Poder del Estado de las condiciones requeridas para el cumplimiento de su elevada misión social.

En relación con la infraestructura, dotó de condiciones dignas y decorosas a los despachos judiciales, mediante la construcción y remodelamiento de las Casas de Justicia, Complejos Judiciales y edificio central de la Corte.

En cuanto al sistema de gestión administrativa, generó mecanismos que agilizan los procesos judiciales y contribuyen a la seguridad jurídica, mediante la creación de las Salas de la Corte y Comisiones Permanentes; la modernización de los Registros Públicos, el nuevo modelo de Despacho Judicial; la oficina de Recepción y Distribución de Causas, la Defensoría Pública; el Centro de Documentación; el Instituto de Medicina Forense; la Inspectoría Judicial; los Juzgados Penales de Adolescentes; la Red de Facilitadores Judiciales Rurales y Urbanos; los Juzgados de Familia y los Centros de Atención, Mediación, Información y Orientación Ciudadana (CAMINOS).

En lo referido al Sistema Jurídico, modernizó diversos Códigos y Leyes, con el fin de consolidar los principios básicos del derecho público nicaragüense: Código de Procedimiento Penal; Ley de lo Contencioso Administrativo; Ley de Carrera Judicial; Código Penal y Ley de Registros Públicos, y trabaja decididamente en la aprobación del Proyecto de Código Procesal Civil.

Este proceso de modernización y desarrollo se consólida y fortalece con el Código de Ética del Poder Judicial, por su incidencia en la superación de quien administra justicia. No tiene sentido, ni mayor significado el desarrollo de la estructura física, operativa y jurídica de un país, si este proceso no marcha paralelo con el desarrollo ético de las personas responsables de su uso y aplicación.

Como lo señalé personalmente en su oportunidad, “el Código de Ética es una espiga de profundos pensamientos” que traen a la reflexión, a la conciencia y a la práctica, un marco moral de referencias que orientan las decisiones y actos de los operadores de justicia, hacia el recto y honesto cumplimiento de sus responsabilidades jurídicas.

Debemos destacar que en la medida que se fortalezca la cultura ética en los funcionarios judiciales, estarán también en condiciones de servir mejor a la justicia, en virtud de los vínculos estrechos que guarda el Derecho con la Ética.

A juicio de García Máynez: “Tanto los creadores, como los aplicadores y los destinatarios de las normas de derecho, jamás han de perder de vista, al desempeñar sus funciones, o acatar sus deberes, los valores que, sea como órganos del Estado, sea como simples particulares, sirven de base y orientación al cumplimiento de sus respectivas tareas.”

En la misma dirección, otro notable jurista, Gustavo Radbruch, afirma que “la validez del Derecho descansa en la moral”, para concluir diciendo; “La rectitud de una conducta no puede basarse inductivamente en hechos empíricos; sino que debe derivarse deductivamente de valores superiores”.

Reconociendo la relación de la Ética con el Derecho, los Presidentes de la Corte Suprema de Justicia adoptaron en la IV Cumbre Iberoamericana realizada en Caracas, Venezuela en 1998, la decisión de que debía elaborarse un Código de Ética, como medida para evitar la corrupción y dar garantía de integridad, imparcialidad y prontitud en la administración de Justicia.

Así mismo, en la Sexta Reunión de Cumbres de Cortes Supremas de Justicia (2001), se aprobó el Estatuto del Juez Iberoamericano, que destaca en su preámbulo, que la calidad del servicio judicial no solo puede garantizarse mediante el hecho de que los jueces dispongan de las necesarias herramientas técnico-jurídicas. A ello hay que añadir, fundamentalmente, que el ejercicio de la función judicial se oriente también conforme con determinadas reglas éticas.

Con el mismo objetivo, la XIII Cumbre Judicial Iberoamericana (2003) aprobó el Código Modelo Iberoamericano de Ética Judicial, recomendando a los Poderes Judiciales dotarse de un Código de Ética en sus respectivos países, tomando en cuenta que la actuación de los órganos judiciales incide en gran medida sobre la seguridad jurídica y sobre la lucha contra la impunidad.

Es dentro de ese contexto que el “Plan Operativo Global 2003-2007 del Poder Judicial” contempló en uno de sus componentes la “Ética Pública de la Ciudadanía y Operadores Judiciales”.

Consecuente con esos antecedentes, en Noviembre de 2005, el Consejo Nacional de Administración y Carrera Judicial, me delegó la organización de un equipo de trabajo para elaborar un Proyecto de Código de Ética del Poder Judicial. Por Acuerdo Nº 14 del uno de febrero de 2006, el Consejo ratificó mi nombramiento, designándome Coordinadora del Proyecto.

Cumpliendo con la misión encomendada, se integró una Comisión Técnica de apoyo en la elaboración del Proyecto, con personal calificado de la misma Corte; y una Comisión Ad hoc para la revisión y validación del Borrador del Código, con profesionales del Derecho de prestigio nacional. Ambas Comisiones tomaron posesión de sus cargos en acto solemne, ante el Consejo Nacional de Administración y Carrera Judicial.

II. Marco Referencial en el Proceso de Elaboración del Código de Ética

La Comisión Técnica siguió una metodología participativa en el proceso de elaboración del Código de Ética del Poder Judicial, buscando la toma de conciencia y los aportes de los mismos destinatarios en la regulación de su conducta en el trabajo y en la vida social. Es así que en este esfuerzo conjunto participaron más de 1,500 profesionales relacionados con el Sistema Judicial de Nicaragua.

La elaboración del Código de Ética, cubrió ocho etapas metodológicas a lo largo de un año de trabajo.

1. Diagnóstico del déficit ético de los funcionarios y empleados del Poder Judicial. Permitió precisar las debilidades éticas, tanto en los aspectos funcionales, como sociales.

2. Identificación de valores, esto es de las cualidades del carácter que deben cultivar los funcionarios y empleados del Poder Judicial para superar el déficit ético observado en la etapa anterior.

3. Determinación de normas, estándares o patrones de conducta, que deben practicar los servidores públicos del Poder Judicial, para realizar los valores identificados en el paso anterior.

4. Elaboración de un Anteproyecto de Código de Ética, basado en los productos señalados.

5. Validación por los funcionarios y empleados del Poder Judicial del Anteproyecto de Código.

6. Elaboración del Proyecto de Código por la Comisión Técnica.

7. Revisión del Proyecto de Código por la Comisión Ad Hoc.

8. Presentación del Proyecto al Pleno de la Corte Suprema de Justicia.

Como puede observarse en la descripción anterior, el punto de partida en el proceso de elaboración del Código de Ética, fue la identificación de principios y referentes éticos de los funcionarios y empleados del Poder Judicial, y se señalaron algunas debilidades desde la propia percepción de estos servidores del Estado.

Los resultados en la identificación de estos referentes éticos y el señalamiento de debilidades, son producto de un continuo proceso de reflexión de los operadores y servidores de justicia, y resumen aspectos referidos con carácter general y particular.

Por su importancia refiero que los aspectos que se lograron identificar como debilidades, fueron objeto de mucha reflexión crítica y autocrítica, y en todo momento se señalaron las posibles soluciones tanto en el plano personal como institucional, a través del planteamiento de propuestas concretas.

En los talleres realizados a nivel nacional se señalaron entre otras debilidades en el ejercicio de la función jurisdiccional.

· Falta motivación de las sentencias; falta de profesionalismo; irresponsabilidad en el cumplimiento de los términos, retardo en las diligencias, falta de vocación profesional; falta de estudio y superación; incapacidad técnica.

· Incidencia de amiguismo y favoritismo, acusan injerencia en la toma de decisiones de diferentes sectores, retardación de justicia, parcialidad por motivos personales, aceptación de regalías o prebendas, corruptela, favoritismo hacia ciertos abogados; cobros indebidos en determinadas diligencias judiciales; falta de discreción y sigilo profesional; infidencia sobre proyectos de sentencia; dependencia de los jueces, secretarios y notificadores por realizar diligencias en vehículos con recursos de una de las partes.

Entre las debilidades en el cumplimiento de deberes administrativos, se señaló

Retardo en diligencias; falta vocación de servicio; desorden; irresponsabilidad laboral, inasistencia y falta de puntualidad; jueces que no llegan los días lunes y algunos llegan dos veces a la semana; tolerancia excesiva con personal de apoyo.

Debilidades en las relaciones con el personal.

Irrespeto; desconfianza; malacrianza; prepotencia, petulancia hacia los subordinados; comportamiento descortés y caprichoso; falta de compañerismo; hipocresía laboral con subordinados, pares y superiores; comentarios indiscretos en perjuicio de otros; intolerancia con el subordinado; tolerancia excesiva con el personal de apoyo; trato desigual; sumisión por afinidad (sexo, género, amistad).

Debilidades de las relaciones con abogados y público.

Irrespeto a los usuarios; prepotencia; altanería; en general que no se realizan las audiencias para la atención al público como lo señala la LOPJ; mala atención y selección arbitraria de las personas que se atienden; desorden administrativo en la administración de los juicios.

En los mismos talleres ante tales debilidades éticas se ofrecieron virtudes.

Entre los valores o virtudes que debe cultivar el servidor público del Poder Judicial, los propios funcionarios y empleados de este Poder, señalan de alta importancia, los siguientes: honestidad, integridad, transparencia, imparcialidad, independencia, equidad, diligencia, firmeza de carácter, confidencialidad, decoro, dignidad, rectitud de juicio, sinceridad, responsabilidad laboral, disciplina, profesionalismo, respeto a las personas, cortesía, espíritu de servicio, presentación personal, actualización profesional y compañerismo, entre otros.

En cuanto a la autoridad que debía aprobar el Código de Ética y su régimen sancionador, se decidió que fuera el mismo Poder Judicial, por tratarse de normas de autorregulación de la conducta. Si la aprobación se hubiera realizado en forma de ley, como los demás Códigos dictados por el Poder Legislativo, este hecho no hubiera sido compatible con la Independencia Judicial, en virtud del Principio de División de Poderes.

Talleres de Trabajo

Aplicando la técnica de trabajo grupal y encuestas de opinión, la Comisión Técnica, con el apoyo de las Subcomisiones Técnicas y de las Delegaciones Departamentales organizó y ejecutaron los siguientes talleres:

1. Un Taller de Motivación, con la participación de 63 Magistrados de los Tribunales de Apelaciones de todo el país. Tuvo como objetivo interesar a los magistrados en el proyecto de Código de Ética y obtener su opinión sobre las debilidades éticas de los funcionarios judiciales en el ejercicio de sus cargos y en su vida social.

2. Doce Talleres de Consulta en todas y cada una de las circunscripciones con la participación de 543 funcionarios del área jurisdiccional y administrativa, órganos auxiliares, representantes de otras instituciones del Sistema de Justicia, de las Asociaciones de Abogados, Universidades y diversos organismos de la Sociedad Civil. En estos talleres se informó sobre la iniciativa del Código de Ética y su importancia. Se expusieron los conceptos básicos sobre ética, se aplicaron cuestionarios requiriendo opinión sobre debilidades éticas y estándares deseables de conducta y se debatieron en plenarios los resultados de los trabajos grupales relacionados con estas debilidades.

3. Un taller de Consulta en coordinación con la Federación de Sindicatos de Trabajadores del Poder Judicial con 111 participantes y la misma metodología de los talleres anteriores.

4. Un taller de Consulta, a solicitud del CONADER, en la Universidad de Ciencias y Tecnología (UNICIT), con la participación de 102 catedráticos y estudiantes de Derecho, de diversas universidades del país.

5. Un foro de Libre Discusión, a solicitud de la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, núcleo Managua, sobre “Cultura de Corrupción y Código de Ética del Poder Judicial”, con la asistencia de 130 participantes, entre estudiantes, docentes e invitados especiales.

6. Diez Talleres de Retroalimentación y Validación del Anteproyecto de Código de Ética elaborado por la Comisión Técnica y revisado por la Comisión Ad-hoc. Estos Talleres con 404 participantes, se efectuaron con la participación de la Comisión Ad-hoc en todas las circunscripciones del país y correspondió a la segunda fase del proceso encaminado a elaborar el Código de Ética del Poder Judicial.

Instrumentos de Investigación

Los aportes básicos de los funcionarios judiciales y del sistema de justicia en general, lo mismo que los aportes de diversas organizaciones de la sociedad civil, al Proyecto del Código de Ética del Poder Judicial, se dieron a través de encuestas de opinión y cuestionarios aplicados en los talleres de trabajo.

Al respecto se aplicaron cinco cuestionarios.

1. Cuestionario de Opinión sobre los valores éticos de los funcionarios Judiciales. Se aplicó exclusivamente a los miembros de la carrera Judicial, a diferencia de los demás cuestionarios.

2. Cuestionario para el diagnóstico de las debilidades éticas de los funcionarios Judiciales.

3. Cuestionario para el diagnóstico de las debilidades éticas de los funcionarios administrativos y de los órganos auxiliares.

4. Cuestionario sobre normas y estándares de conducta deseables para cada una de los valores éticos a cultivarse en el poder judicial.

5. Cuestionario de validación de las conclusiones del taller de motivación.

En la primera fase del proceso de elaboración del Código, con resultados obtenidos en los talleres de consulta, la Comisión Técnica obtuvo los insumos de información necesarios para elaborar el Anteproyecto del Código. Con los talleres de validación que siguieron a continuación, la Comisión obtuvo la opinión fundamentada de los participantes en relación con el anteproyecto elaborado, retroalimentación necesaria para la formulación del proyecto que la Comisión Técnica sometió a la aprobación correspondiente a la segunda etapa del trabajo, de la Comisión ad-hoc, para su posterior presentación a las autoridades superiores del Poder Judicial.

III. Aprobación por el Pleno de la Corte Suprema de Justicia

El Proyecto de Código de Ética fue presentado en el mes de Diciembre de 2006 a la Corte Plena. Este órgano designó a lo inmediato una Comisión Especial, integrada por tres magistrados de la Corte Suprema de Justicia, para su revisión y presentación de observaciones y sugerencias, las cuales fueron trasladas a la Coordinadora del Proyecto en el año 2007.

La etapa posterior de revisión y presentación final del código se vio suspendida por razones ajenas a la voluntad de la comisión que lo elaboraba, siendo nuevamente retomado el Proyecto por orientaciones de la actual Magistrada Presidenta del Supremo Tribunal, Doctora Alba Luz Ramos Vanegas, quien orientó en el mes de Octubre del 2010 continuarlo hasta su nueva presentación al Pleno de la Corte.

Cumpliendo con las orientaciones recibidas, se convocó a la Comisión Técnica para la revisión y redacción final, con base en las observaciones y sugerencias planteadas por la comisión especial de magistrados.

En este proceso final tuvieron destacada participación la Federación de Trabajadores Judiciales de Nicaragua (FETRAJUN-UNE) y la Asociación de Jueces y Magistrados de Nicaragua (AJUMANIC), Organizaciones que consideran como propio el Proyecto Final del Código, y se sometió a la aprobación de Corte Plena el primero de Febrero del presente año. En esta última sesión, la Corte resolvió integrar una Comisión de Magistrados para revisar los procedimientos del Juicio por Responsabilidad Ética, establecido en el Proyecto de Código, en función de lo dispuesto en la Ley 476, Ley de Servicios Civil y Carrera Administrativa y en la Ley 501, Ley de Carrera Judicial.

En los primeros días de Septiembre de 2011, se recibió informe de los resultados de la revisión por la Comisión de Magistrados, con una nueva propuesta de reforma del articulado del Código, a partir del Arto. 54, relacionado con el Juicio por Responsabilidad Ética.

La Comisión Técnica del Código fue convocada nuevamente para analizar en jornadas extraordinarias de trabajo las observaciones y aportes presentados por la Comisión de Magistrados, los encontró pertinentes y de mucho valor, dando con ello paso a la aprobación final por la Corte Plena del Código de Ética, así como también la aprobación de la Orden de Excelencia Ética, que el Código establece en reconocimiento a funcionarios y empleados del Poder Judicial que se distinguen por su conducta ejemplar.

Estimados amigos y amigas: El Código de Ética del Poder Judicial tiene la especial característica de ser un producto elaborado por los mismos servidores públicos de Poder Judicial, sujetos a su aplicación.

Este Código, -como señala una de las participantes en los talleres regionales-, será nuestro, porque así lo deseamos ha sido elaborado según nuestras medidas. En él está plasmado nuestro pensamiento y de alguna manera refleja nuestra imagen y el concepto propio sobre la ética, aplicada al cumplimiento del deber para el beneficio de todos y especialmente para la ciudadanía y los usuarios de la administración de justicia, que serán los verdaderos destinatarios del Código. (Perla Margarita Arróliga B.)

En este sentido es oportuno recordar la frase que nos legó De Cueto, “La ética no se impone a las naciones con las leyes. Se les infunde con el ejemplo”.

Estimados amigos y amigas, el éxito del Código de Ética de los Funcionarios y Empleados del Poder Judicial, demanda el apoyo de todos quienes estamos interesados en un Poder Judicial más independiente, imparcial, confiable, íntegro, transparente y eficaz.

Se requiere del respaldo de todos: de los funcionarios judiciales, auxiliares de justicia, empleados y funcionarios administrativos, pero también, de las demás instituciones que integran el Sistema de Justicia, el apoyo de todos los Poderes del Estado, de los medios de comunicación y los ciudadanos nicaragüenses en general, que aspiran a una patria mejor, amante del bien común, libre de corrupción y violencia.

Hago un llamado a todas las fuerzas sanas de nuestro país, para que se unan a nosotros en el esfuerzo de que el Código de Ética, sea una realidad efectiva que nos ayude a construir una cultura de vida, una cultura de crecimiento y desarrollo que tanto requiere nuestra patria en este momento histórico.

Agradezco la confianza depositada en mí por el Consejo Nacional de Administración y Carrera Judicial de aquel momento, para llevar a cabo una empresa tan importante como es la elaboración del Código de Ética. Ratificada posteriormente dicha voluntad por el pleno de la Corte, gracias a la insistencia y apoyo del Magistrado Marvín Aguilar.

Agradezco el apoyo que nos brindaron los miembros de la Comisión Técnica, de las Subcomisiones Técnicas Regionales y de la Comisión Ad-hoc, sin cuya colaboración no hubiera sido posible el Código de Ética que hoy presentamos en este acto solemne.

De forma muy especial agradezco profundamente el compromiso demostrado por el Doctor Manuel Martínez Sevilla, quién desde su posición de Magistrado Presidente al momento de la conformación de la Comisiones de Trabajo, fue fiel impulsor y defensor de esta iniciativa, y una vez dejada la Presidencia de la Corte, continuo con el mismo ánimo trabajando por dotar al Poder Judicial, de este valiosísimo instrumento auto regulador de nuestras funciones.

Igualmente es necesario reconocer a la Magistrada Presidenta Dra. Alba Luz Ramos, el impulso que dio para la aprobación definitiva de este Código.

Asimismo, justo es reconocer el apoyo brindado por el proyecto BID (P.O.1074/SF.NI), Programa de Fortalecimiento y Apoyo a la justicia, componente 2, particularmente a la Doctora Zarifet Bermúdez y a todo su equipo de apoyo.

Extiendo mi profunda y especial gratitud a nuestra aliada permanente la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, quien ha estado sin condición alguna a nuestro lado, trabajando hombro a hombro por más de una década, en ese esfuerzo continuo de edificar una justicia renovada y más humana para todas y todos los Nicaragüenses.
 

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