www.poderjudicial.gob.ni    Mapa del sitio    
inicio Prensa Nivel Central quienes somos contactenos directorio notas de prensa videoteca
    
politicas de comunicacion poder judicial nicaragua
Oficinas de Prensa

Notas de Prensa

DGCIP recuerda a notarios obligación de presentar reportes

jueves 23 de junio de 2022


Escrito por Marlon José Ocampo Espinoza

La Dirección General Centralizadora de la Información y Prevención (DGCIP) de la Corte Suprema de Justicia, recordó a los Abogados y Notarios que en su calidad de  Sujetos Obligados deben presentar,  en los casos que correspondan, los reportes siguientes: Reporte de Operaciones Inusuales (ROI), Reporte de Identificación del Beneficiario Final de Personas Jurídicas (RBF), Reporte de Operaciones relacionados a Umbrales (ROU), Reporte de Detección e Inmovilización de Activos (RDIA).
 
Los reportes deben ser presentados de conformidad a las disposiciones establecidas en el artículo 39, de la Normativa de Prevención, Detección y Reporte de Actividades Potencialmente Vinculadas al Lavado de Activos, Financiamiento al Terrorismo y a la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva  y Delitos Precedentes Asociados al Lavado de Activos, para los Abogados y Notarios Públicos de la República de Nicaragua, Regulados y Supervisados por el Poder Judicial (Normativa PLA/FT/FP), así como las regulaciones contenidas en la Normativa sobre las Obligaciones de Reporte de los Abogados y Notarios Públicos (Normativa de Reportes de LA/FT/FP), informó la DGCIP a través de Circular DGCIP-03-2022.

La DGCIP recuerda a notarios obligación de presentar reportes.

La instructiva expresa que en cuanto a los umbrales que los profesionales del Derecho deben tomar en consideración las nuevas actividades sujetas a regulación incorporadas de conformidad con las reformas contempladas en la Ley 1113, “Ley de Reformas y Adición a la Ley del Notariado y al Código de Comercio de la República de Nicaragua”.

En lo que respecta a la Compra Venta y/o Permutas de Bienes Inmuebles el ROU debe ser remitido cuando el valor de la transacción o el valor del inmueble sea igual o superior a los cien mil dólares (US$100,000.00) o su equivalente en moneda nacional u otras monedas.

Cuando se trate de Cesiones de Derechos Posesorios y/o Compra Venta de Mejoras  el umbral es de (US$10,000.00) o su equivalente en moneda nacional u otras monedas.

Tratándose de donaciones entre particulares, el abogado y notario deberá reportar todas las operaciones, independientemente del valor de las mismas. Lo anteriormente dispuesto, aplica para cualquier otra forma de transmisión de dominio.

Las donaciones y cesiones de derechos posesorios realizadas entre familiares en el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, no estarán sujetas a la labor que realiza el abogado y notario en materia de prevención, detección y reportes de actividades potencialmente vinculadas al LA/FT/FP.

La Circular también recuerda a los Abogados y Notarios que en lo concerniente a “Organización de contribuciones para la creación, operación o administración de empresas y toda acción que conlleve a un cambio en la estructura, composición accionaria a título oneroso o gratuito y al capital de la Persona Jurídica”, el Sujeto Obligado deberá elaborar y remitir el ROU a la DGCIP, independientemente del valor o monto de la operación así como el respectivo RBF.

Esta noticia ha sido vista: 2808 veces
DGCIP recuerda a notarios obligación de presentar reportes



Recomiendenos | Contactar


 
En celebración del día de las
Madres del Poder Judicial

VER GALERIA DE VIDEOS


Dirección: Km 7 ½ Carretera Norte.
Teléfonos: ++505 2233 2128 / ++505 2233 0004
Relaciones Públicas de la Corte Suprema de Justicia · República de Nicaragua - América Central
Todos los Derechos Reservados 2005- 2014 ®
Sitio Web Desarrollado por la DGTIC

Ir arriba