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En fase final concurso para seleccionar a cinco jueces laborales

viernes 24 de mayo de 2013


Escrito por Marlon José Ocampo Espinoza

El curso teórico-práctico que se impartió en la Sala de Vistas y Alegatos Orales de este Poder Judicial, dirigido a 16 funcionarios judiciales, donde se postulan cinco cargos de jueces para la jurisdicción laboral en los juzgados de Masaya, Granada, Rivas, Carazo y Estelí, entró a su fase final.

El curso fue dirigido por los especialistas en la materia laboral, doctores Pablo Beteta; y Gerardo José Álvarez, del Instituto Nicaragüense de Seguridad Social (INSS).
El doctor Álvarez dijo que en las capacitaciones se impartieron “principios doctrinarios de la Ley de Seguro Social de los Trabajadores, que es una norma muy importante en la materia laboral, en el sentido de diferenciar la seguridad social y el derecho al trabajo, conceptos que quedaron bien claros en este curso”.

Además, dijo el doctor Álvarez, también abordamos “los temas referentes a la afiliación de los trabajadores, la facturación, cobranza y la fiscalización, que son funciones iniciales del INSS. De manera, que si el empleador incumple estos elementos, estará expuesto a eventuales procesos judiciales”.

Otro tema impartido a los postulantes, dijo el doctor Álvarez, fue “el requisito para calificar las pensiones de trabajo, procedimiento de liquidación, historia de la materia laboral y calendarios de comprobación de derechos, que son elementos utilizados por el Instituto Nicaragüense de Seguridad Social para el trabajo propio de esta institución”.

“Todos estos temas son de gran importancia para que el judicial emita resoluciones apegadas a Derecho”, finalizó el doctor Álvarez.

Por su parte, la jueza del juzgado Local Único del municipio de El Cuá Bocay-Jinotega, doctora Engracia Inés Flores, explicó que “el Código Laboral seguirá vigente como norma sustantiva y el nuevo Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social como parte adjetiva (procedimental)”, en el sentido de que algunos litigantes piensan que la Ley 185 pasará a desuso.

La doctora Inés Flores explicó que “por lo establecido en el artículo cinco del Código Procesal Laboral y de Seguridad Social, en los casos laborales donde haya discriminación, servidumbre, explotación, represalia y seguridad en el trabajo, se resolverán por los artículos 315, 316 y 317 del Código Penal (Ley 641), pero debe haber primero una sentencia laboral para que el trabajador recurra a la jurisdicción penal.

El curso teórico-práctico inició el pasado 13 de mayo y finalizó este 24 de mayo. Contó con la participación de jueces suplentes de la materia laboral, jueces locales únicos, jueces locales civiles, defensores públicos y secretarios de actuaciones. 
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