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Notas de Prensa

Poca incidencia en faltas y delitos militares

viernes, 23 de mayo de 2014


Escrito por Edwin Lenin Urbina Muñoz

* Aseguró el Mayor de Infantería Efraín Antonio García Gutiérrez, titular del Juzgado Militar de Juicio número Uno.

La incidencia de las faltas y los delitos militares que cometen los miembros del Ejército de Nicaragua es poca, aseguró el Mayor de Infantería Efraín Antonio García Gutiérrez, titular del Juzgado Militar de Juicio número Uno.

El Poder Judicial ha capacitado a jueces y auxiliares de la justicia militar del Ejército de Nicaragua. 

“La incidencia delictiva a lo interno de las Fuerzas Armadas de Nicaragua ha sido baja”, afirmó el Mayor García Gutiérrez. 
La información del juez militar fue brindada durante la entrega de la Memoria Anual 2013 del Ejército al coordinador del CJCM, magistrado Gerardo Rodríguez Olivas, presidente del Tribunal de Apelaciones de Managua.

El juez penal del Ejército explicó que en promedio anualmente se radican en las cuatro judicaturas de primera instancia, entre 15 a 25 casos que en su mayoría son faltas militares.

La Ley Orgánica de los Tribunales Militares, Ley 523, habilitó dos juzgados de Audiencias, dos de Juicios y un Tribunal militar de Apelaciones con competencia en dos zonas territoriales dividas en circunscripción Número 1, Norte– Pacífico; y circunscripción Número 2, Central – Atlántico.

“Sí bien existe comisión de delitos militares, no es una incidencia alta que trastoque la disciplina y el cumplimiento de las misiones del Ejército de Nicaragua. Eso es natural en todos los conglomerados, siempre hay alguien que se porta mal”, justificó el alto funcionario militar. 

Educación jurídica
Según el titular del Juzgado Militar de Juicio número Uno, la baja incidencia de casos en la jurisdicción militar se debe en parte “a las actividades de prevención y educación jurídica impartida a todas las tropas del Ejército”.

El funcionario militar precisó que las principales faltas en las que incurren los miembros de la institución castrense  son las relativas al deber de presencia y ausencias.

“Si un soldado u oficial se va de pase y no regresa a su unidad militar el día establecido es sancionado con privación de libertad conforme al tiempo de su ausencia. En caso de daños a la propiedad militar también son penados con arresto”, explicó el Mayor del Ejército.

En el Juzgado Militar de Juicio Número Uno, desde el inicio del año 2014 hasta la fecha se  han radicado tres causas por delitos militares.

El Código Penal Militar o Ley 566, establece penas de arresto de un día a tres meses para los hechos tipificados como faltas y para los delitos impone de tres meses y un día a tres años, en caso de infracciones menos graves y para las graves con prisión superior a los tres años.

Otros de los factores señalados por el juez militar que contribuye al bajo índice delictivo en esa jurisdicción son “la disciplina, educación patriótica, la fortaleza del mando y el respeto a la jerarquía”.

El Mayor de Infantería agradeció al Poder Judicial “por las capacitaciones  brindadas a los jueces y órganos auxiliares (secretarios de actuaciones, fiscales y policías) militares en materia de actualización de la legislación penal”.

“Todos los miembros del Ejército estamos conscientes que lo fundamental es la disciplina. El soldado o el oficial sabe de su deber con la patria y con el pueblo nicaragüense”, finalizó.   

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