Escrito por Edwin Lenin Urbina Muñoz
* Casi el 95 % de este tipo de delitos se realiza dentro de los hogares, informa judicial capitalino.
Un considerable aumento del delito de abuso sexual se registra en los primeros siete meses de este año respecto al año 2013, según datos proporcionados por el licenciado Alex Otoniel Rocha Delgadillo, responsable de la Oficina de Implantación del Complejo Judicial Central Managua.
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Estadísticas del CJCM revelan que en los últimos siete meses de este año, los casos de abusos sexuales han aumentado hasta en un 36 por ciento. |
Según reflejan las estadísticas del CJCM, hasta este 22 de julio han ingresado a los juzgados capitalinos un total de 157 casos de delitos de abuso sexual, 42 causas más que las registradas durante el año 2013, en ese mismo periodo. Esa cifra equivale al 36 por ciento de incremento de este tipo de delito.
En la misma información se refleja que en todo el 2013 ingresaron 241 causas y se interpusieron 55 recursos de apelación por ese mismo delito. En los últimos siete meses de este año, ante los tribunales se han interpuesto ya 40 impugnaciones de sentencias de primera instancia.
Según el doctor Edén Enrique Aguilar Castro, juez tercero de distrito especializado en Violencia de Managua, “casi el 95 por ciento de los abusos sexuales se cometen dentro de las casas (hogares)”.
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Dr. Edén Enrique Aguilar Castro, juez tercero de distrito penal especializado en Violencia de Managua. |
Nuestra legislación penal establece penas de cinco a doce años de prisión por el delito de abuso sexual, que se define como la realización de “actos lascivos o lúbricos tocamientos en otra persona, sin llegar al acceso carnal”.
El judicial explicó que en este tipo de delito “existe el fenómeno de la retractación, que ocurre de dos maneras: primero cuando los familiares guardan silencio ante el hecho para no afectar al miembro de la familia y segundo cuando la víctima denuncia, pero no declara en el juicio para no quebrantar la estructura familiar”.
El doctor Aguilar Castro recordó que “en la jurisdicción ordinaria en algunos casos se daba mayor énfasis al elemento probatorio directo de la persona (testimonio de la victima)”.
En cambio, --explicó el juez-- con el Modelo de Atención Integral a la Víctima, contemplado en la Ley 779, “el menor o el adolescente es valorado física y sicológicamente, se realiza un trabajo de campo con una trabajadora social y esa información se resguarda para que la víctima no venga a juicio”.
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Lic. Alex Otoniel Rocha Delgadillo, responsable de la Oficina de Implantación del Complejo Judicial Central Managua.
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“Con este componente normativo de atención integral se tiene más eficiencia a la hora de esclarecer los hechos y obedece a las políticas del Gobierno, que ha dado un énfasis a la perspectiva de género y la reivindicación de los derechos humanos”, dijo el judicial.
El abuso sexual --explicó el juez-- “no deja huellas físicas, pero sí sicológicas; por eso basta con el relato de la víctima, que debe ser coherente con el contexto del hecho denunciado, para poder determinar sí existe responsabilidad penal de parte del acusado”.
El doctor Aguilar Castro finalizó diciendo que actualmente los operadores del sistema de justicia tienen mejores herramientas para responder ante el fenómeno de la violencia, específicamente en los casos de abuso sexual.
“Debemos tener una visión amplia y reconocer las diferentes formas de violencia, ya sean simples o complejas”, concluyó el judicial.
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