REGISTROS PUBLICOS.

REQUISITOS PARA INCRIPCIÓN PROPIEDAD LEY 85 Y 86

Para que este Testimonio pueda ser inscrito en este registro publico deberá presentar los siguientes documentos:

1- Certificado Catastral:
Este documento debe tramitarse en INETER, que esta localizado frente a Migración.

2- Avalúo Catastral:
Este documento debe tramitarse en CATASTRO FISCAL, que esta localizado frente a Migración.

3- Pago o Pagos de impuestos de transmisión de bienes inmuebles:
Este documento debe y puede tramitarse en cualquier sucursal de administración de rentas, de la DGI.

4- Solvencias de la OOT,para casos de Ley # 85 y Ley # 86. Este documento debe tramitarse en la Oficina de Ordenamiento Territorial.

5- Constancia de desmembración:
Este documento debe tramitarse en la Oficina de Control Urbano de la Alcaldía de Managua.

Todos insertos en este testimonio por Abogado y Notario Publico.

El deposito del arancel correspondiente, puede usted realizarlo en caja del BDF, ubicado en las instalaciones de este registro de la propiedad o en cualquier sucursal BDF.

Registro Publico de la Propiedad Managua.