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Registro Publico de la Propiedad

 

 





 

    Servicios.-

 

A. Inscripción de documentos públicos relacionados con bienes inmuebles y mercantil.

 


B. Extender certificaciones de los asientos regístrales tanto de bienes inmuebles como de mercantil.

 


C. Inscripción de documentos privados.

 


D.  La guarda y conservación de los protocolos de los notarios fallecidos y ausentes por domiciliarse fuera del país.

 


E. Facilitar la información contenida en los libros de registro a los usuarios que lo requieran.


Para facilitar la información y el uso de los libros de Registro, el usuario se presentará al mostrador que tiene el Registro para tal fin y solicitará los libros de Registro.

Para todas estas diligencias, es imprescindible su cédula de Identidad.

        

 

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        Instructivo para acceder a los Servicios que ofrecen los Registros  de la Propiedad

    

Para brindar una mejor orientación al usuario, se establecen los requisitos derivados de los servicios que ofrecen los Registros de la Propiedad :
 

1- Inscripción de documentos públicos relacionados con bienes inmuebles y   mercantil.

 

A.   Requisitos para Inscripción de Propiedad.
 

B.   Requisitos para Inscripción Propiedades Ley 85 y 86.
 

C.   Requisitos para Inscribir Documentos con Facsímile.
 

D.   Requisitos Reposición de Asientos.


 

2- Para Solicitar Certificaciones Regístrales tanto de Bienes Inmuebles como de mercantil se necesita :
 

A. Solicitudes sin Requisito Especial.
 

Solicitud escrita en papel sellado de Ley dirigida al registrador Público, del tipo de certificado  que pretende que se libere y se presenta cédula de identidad.

 

B. Solicitudes con requisito especial :

 

 

Certificado como Título: Se presenta solicitud escrita en papel sellado de Ley dirigida al registrador Público, del tipo de certificado que pretende que se libere y se presenta cédula de identidad y el dueño, Apoderado o Notarios que solicita debe de presentarse con el objetivo de brindar seguridad jurídica.

 

Certificado Literal de Solvencia: Se presenta solicitud escrita en papel sellado de Ley dirigida al registrador Público, del tipo de certificado que pretende que se libere y se presenta cédula de identidad y se debe presentar el Socio, Notarios o Presidente.

 

Negativa de bienes: Se presenta solicitud escrita en papel sellado de Ley dirigida al registrador Público, del tipo de certificado que pretende que se libere y se presenta cédula de identidad y se adjunta copia de cédula de la persona que se requiere la Negativa.

 

3- Inscripción de Hipoteca: Poseer la escritura de Constitución del Gravamen Hipotecario con la  solvencia municipal.

 

4- Inscripción de Prenda Agraria e Industrial: Poseer el documento Público o Privado (según sea el caso) con una fotocopia del mismo, certificada por un Notario Publico.

 

5- Inscripción de Documentos Públicos: son todos aquellos que no presentan Transmisión y Gravámenes sobre bienes inmuebles como: Anotaciones preventivas, Inscripciones y Cancelaciones.

 

6- Inscripción de Documentos Privados: Solo se presenta el Documento y su Cédula de Identificación.
 

7- Inscripción de documentos Públicos en el Registro Mercantil:

 

A)   Requisito para inscripción de sociedad: Poseer escritura pública de conformidad al Arto. 124 del Código de Comercio en caso de Sociedad Anónima. Para sociedades colectivas basadas en el Arto. 133 del Código del Comercio.

 
Para ambos casos sacar copia y certificarla conforme ley de fotocopia. Si el que la certifica no es el notario que la realizó deberá poner su quinquenio vigente

 
 Declaratoria de Herederos: Se debe de pagar C$110 e introducir la sentencia.

 

B)   Sellar y Razonar Libros: Para la inscripción de los Libros  Contables, Registros de Acciones y Actas se presentan a la Ventanilla de Evolución la solicitud y los libros. Se recomienda el siguiente formato para la solicitud. ver Formato.

 

ver pasos.
 

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