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Instancias
de Recursos Humanos.
En cada Institución de la
Administración del Estado, funcionara una instancia
administrativa responsable de la
aplicación de las políticas, sistemas de clasificación de
puestos y de gestión de recursos humanos de la Institución,
en coordinación con la Instancia Rectora del Servicio
Civil. Arto.21
Se crea el Sistema de Clasificación de Puestos de
Administración del Estado como
Instrumento organizativo básico y de aplicación obligatoria
para las Instituciones de la Administración del
Estado, el cual servirá de base en la definición y
aplicación de los Sistemas de Gestión de Recursos
Humanos. Arto.22.
Clasificación Única. El
Ministerio de Hacienda y Crédito Publico es el
órgano encargado para proponer la
creación, modificación y clasificación de los puestos y/o
tipologías establecidas, bien sea de nueva
creación, o bien porque la modificación sustancial de su
contenido lo requiera. Arto.25
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