ATRIBUCIONES PRESIDENTE DE SALA

Atribuciones Presidente Sala de lo Contencioso Administrativo

El Presidente de la Sala de lo Contencioso Administrativo, es elegido de entre los miembros de la Sala por un período de un año con el voto favorable de al menos las dos terceras partes del total de sus integrantes, pudiendo ser reelecto. La Ley Orgánica del Poder Judicial prohíbe que el Presidente de una Sala pueda ser a la vez Presidente de otra Sala (Artículo 36 de la Ley Orgánica del Poder Judicial).

ATRIBUCIONES DEL PRESIDENTE

De conformidad al Arto. 37 de la Ley Orgánica del Poder Judicial son Atribuciones del Presidente de Sala:
 

1. Disponer el conocimiento de las causas;

2. Designar ponentes entre los Magistrados de acuerdo al orden de ingreso de las causas y de precedencia de los miembros de la Sala;

3. Cuidar el cumplimiento de los plazos;

4. Suscribir las comunicaciones de la Sala;

5. Aplicar el régimen disciplinario al personal subalterno;

6. Elaborar los informes necesarios;

7. Vigilar la puntualidad de las actuaciones judiciales;

8. Presidir las audiencias;

9. Supervisar la gestión administrativa del despacho;

10. Disponer lo pertinente para completar las Salas, cuando por cualquier motivo no se pudiere hacer mayoría para formar quórum o para resolver asuntos sometidos a su consideración;

11. Dirigir el debate y recibir las proposiciones o mociones sobre las cuales haya de recaer votación;

12. Someter a votación los asuntos discutidos cuando la Sala estime concluido el debate;

13. Las demás que la ley determine.