Sala Penal Uno resuelve casos de IN
La Sala Penal UNO del Tribunal de Apelaciones de Managua -- en cumplimiento a la entrada en vigencia de la Ley Número 715, Ley de Fijación de Plazo Razonable en Causas Pendientes del Código de Instrucción Criminal publicado en la Gaceta Diario Oficial el 23 de diciembre del año 2009, que establece plazos fatales de diez y sesenta días para que los jueces y tribunales resuelvan a partir de la entrada en vigencia de dicha ley--, comenzó a resolver los casos en cuestión.
El día de ayer la Sala Penal UNO en el supuesto ilícito de exoneración ilegítima y otros (internación, nacionalización, exportación y tributo de la aeronave LEAR JET 35 A) declaró nulo el sobreseimiento definitivo dictado por el Juez Quinto de Distrito del Crimen de Managua al procesado Marcos Aurelio Sánchez y declaró nulo también el sobreseimiento definitivo por prescripción de la acción penal del señor Arnoldo Alemán Lacayo; confirmó el sobreseimiento definitivo dictado a favor del procesado Edgar Donald Quintana Romero; y con respecto a los señores Arnoldo Alemán Lacayo y Marcos Aurelio Sánchez, ordenó continuar con el procedimiento establecido en la ley.
En otro orden, la Sala Penal UNO, confirmó el Auto resolutivo dictado por el Juzgado Primero Distrito de lo Penal de Managua del día 25 de septiembre del año 2003 donde el A quo enmienda el error por omisión en el numero III de la parte resolutiva de la sentencia número 156 del nueve de junio del año dos mil tres que deberá leerse así: III.- Se declara sobreseimiento definitivo a favor de todos los procesados Francisco Meneses Cuadra, Francisco Baltodano Castañeda, Gerardo Cardoza Lezama, Luis Osorio y/o Luis Alfonso Lagos Osorio, Félix Martínez Gómez, Pablo Aguilar Montes, Ignacia Plata Roque, Juan Vivas Plata, Pedro Cruz Soza, Félix Pedro Gómez Martínez, José Jorge Acosta López, Favio Alberto Salgado Rodríguez, Luis Humberto Flores, Claudia Obando Cuadra, Pedro Pascual Muñoz Morales y Ruth del Carmen Sánchez Sánchez, por los delitos de defraudación, Asociación ilícita para delinquir, hurto con abuso de confianza, estafa, contra la fe en los negocios, falsificación de los documentos públicos y privados, delito contra la administración de justicia, usurpación de dominio privado, perturbación de dominio privado, penetración ilegítima y apología del delito, en prejuicio de Arianova del Carmen Hurtado Midence, Rafael Antonio Fajardo Arguello y Leonel Ruíz Martínez.
De igual manera, la Sala Penal Uno confirmó la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Distrito del Crimen el tres de diciembre del año dos mil tres, que absuelve al procesado Jorge Solís Farias de los delitos de fraude, defraudación y asociación e instigación para delinquir en prejuicio del Estado de Nicaragua (ENITEL).
Asimismo la Sala Penal UNO confirmó la sentencia interlocutoria de sobreseimiento definitivo dictada por el Juzgado Primero de Distrito del Crimen de Managua a favor de Francisco José Mayorga Sevilla, Manuel Salvador Hernández Alvarado, Norma Auxiliadora Sevilla Bendaña, Alfonso Delgado Molina, Estrella Dubios de Arias y Roberto Mayorga García, por el supuesto delito de estafa en prejuicio de Armando Mora Solórzano.
La Sala Penal UNO también resolvió que al no existir interés jurídico en continuar sustanciando el Recurso de Apelación del auto de segura y formal prisión impuesto a los procesado Byron Rodolfo y/o Byron José Jerez Solís, Harvy Thomas Mayorga Salinas, José Benito Ramírez Mayorga, Emelda Dominga Orozco Sándigo, Jenny Emilia Mena López, por los delitos de malversación de caudales públicos, fraude y asociación para delinquir; y contra Mario Alberto Aragón Johansen, por los delitos de peculado y asociación para delinquir, todos en perjuicio del Estado de Nicaragua, por ser declarados inocentes por el Tribunal de Jurados, por lo que el resultado que se dictare sería irrelevante, ordenó que las diligencias de primera instancia sean devueltas al juzgado de origen y archivar las de segunda instancia en la oficina de Archivo de este Tribunal.
Con respecto a la causa por los delitos contra la administración pública y fraude en prejuicio de la Administración Pública de Nicaragua, en contra de Arnoldo Alemán Lacayo y Eduardo Mena, la Sala Penal Uno declaró la nulidad de la sentencia dictada por el Juez Quinto de Distrito del Crimen de Managua del 27 de enero del año dos mil seis, en la que sobresee a los acusados; y ordenó continuar con el procedimiento establecido en la ley.
Por su parte, la Sala Civil DOS declaró nulo con nulidad absoluta todo lo actuado en primera instancia a partir del Auto del 18 de marzo del 2009, dictado por el Juzgado Quinto Civil de Distrito de Managua, que giraba oficio al Ministerio de Hacienda para que procediera a pagar al señor Byron Jerez Solís, haciendo una descripción de los bienes, aparejada a un valor económico y agregándole el pago de indemnización, intereses legales y mandando a librar la ejecutoria de ley.