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Notas de Prensa

Medidas de prevención y protección para los usuarios y trabajadores del servicio de Justicia

lunes 27 de abril de 2020


Escrito por Redacción Central

Acuerdo  No. 44

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

CONSIDERANDO

Que de conformidad al numeral 1 del artículo 164 de nuestra Constitución Política y artículo 64 numeral 2 de la Ley 260 “Ley Orgánica del Poder Judicial”, que establecen la atribución de la Corte Suprema de Justicia de organizar y dirigir la administración de justicia; en estricto cumplimiento a las disposiciones que establecen la obligación de las instituciones del Estado y operadores del sistema de justicia de garantizar la protección de la vida, la seguridad y la salud de la población nicaragüense ante la amenaza que representa el COVID-19, este Supremo Tribunal

ACUERDA

Único.- Aprobar las siguientes medidas de prevención y protección para los y las usuarias del servicio de justicia, así como para todo el personal judicial y administrativo que laboran en todos los complejos judiciales y casas de justicia del país, que se detallan a continuación  :

I.    Medidas Preventivas y Campaña de Sensibilización Educacional

1.    Orientar a la Dirección de Divulgación y Prensa la elaboración de un afiche oficial del Poder Judicial con las medidas preventivas urgentes sobre el virus, cómo estar preparados y cómo actuar si se llega a presentar un caso  de acuerdo a las medidas del Gobierno de Reconciliación Unidad Nacional (GRUN)  orientadas a través del Ministerio de Salud (MINSA) y  Organización Panamericana de la Salud (OPS).

2.    Difundir mediante el correo institucional, murales y espacios públicos  el  afiche del Poder Judicial con la campaña preventiva de combate del COVID-19, tanto para el personal del Poder Judicial a nivel nacional, como para los usuarios/as que acceden a nuestros servicios.

3.    Realizar charlas a nivel central y en nuestras sedes departamentales, con los representantes del Ministerio de Salud (MINSA) y médicos de nuestro Instituto de Medicina Legal (IML), para sensibilizar al personal en el conocimiento del COVID-19 y las medidas preventivas que debemos adoptar para evitar contagios.

4.    Divulgar la declaración de los Presidentes, en el marco del Sistema de Integración Centroamericana (SICA), denominada “Centroamérica Unida contra el Coronavirus”.

5.    Difundir el “Protocolo de Preparación y respuesta ante el riesgo de introducción del nuevo virus Coronavirus-COVID del GRUN a través del Ministerio de Salud (MINSA),  marzo 2020”.

6.    Desde la Unidad Técnica de Gestión de Riesgos, mantener el monitoreo sobre el resumen diario que brindan las autoridades del GRUN a través del MINSA, en relación a la situación nacional frente al COVID-19 y a nivel mundial con el fin de mantener informado al personal.

II.    Medidas Institucionales

1.    Distribución a todas  las sedes judiciales a nivel nacional del material de protección como: alcohol gel, alcohol líquido, jabón, desinfectantes líquidos de superficie y piso, cloro, así como mascarillas y guantes, priorizando al personal que atiende diariamente al público.

2.    Los guardas de seguridad deben estar correctamente protegidos con guantes y mascarillas, quienes  además aplicarán alcohol y desinfectante al personal y a usuarios (as) que accedan a las instalaciones del Poder Judicial.

3.    El personal del Poder Judicial, deberá darle constante limpieza a su área de trabajo, en especial en las oficinas donde hay mayor afluencia de usuarios/as. Debe hacerse énfasis en las salas de audiencia donde el secretario (a) y el gestor (a) de audiencia deben desinfectar la superficie y equipos a utilizar después de cada audiencia.

4.    El personal de servicios generales (afanadoras) al desplazarse por las diferentes áreas y durante su labor utilizarán mascarillas y guantes desechables. Deberán aplicar líquidos desinfectantes sobre escritorios y barandas de apoyo.

5.     Colocar lavamanos y jabón líquido en las puertas de ingreso a la Corte Suprema de Justicia, complejos judiciales, casas de justicia y  áreas cercanas a los marcadores de asistencia, para promover el lavado de manos, al ingreso y salida de los recintos y las horas de marcada. Mantener de forma permanente jabón líquido en los baños. 

6.    Descontaminar (fumigar) vehículos que ingresen a los complejos judiciales del País. 

7.    El uso de aires acondicionados queda limitado de 9:00 am a 12:00 pm, con el objetivo de ventilar los espacios, para tal efecto deberán abrirse ventanales y puertas.

8.    Capacitar al personal de seguridad y de ventanillas de atención al público, sobre la forma de actuar al momento de abordar y atender a la persona que ingresa al complejo judicial.

9.    El personal de seguridad regulará el ingreso de los usuarios (as) a las oficinas de atención al público, Control de Abogados y  Notarios Públicos, Inspectoría Judicial, Oficialía Mayor y Ordice. Asimismo, se regulará el ingreso de los proveedores (as), prestadores (as) de servicios, usuarios (as) que acceden al servicio de justicia y oficinas administrativas.

10.    El Coordinador y/o Delegado Administrativo coordinará con el Ministerio de Salud, ante un posible caso de COVID-19 en el Poder Judicial. Esto se realizará cuando se identifique a alguna persona con señales de fiebre, tos, dificultad para respirar y síntomas similares al resfriado común.

Igualmente, se deberá aislar al funcionario/a o usuario/a y coordinar su traslado al hospital correspondiente, todo esto acorde al “Protocolo de preparación del nuevo coronavirus (COVID.19)”, anunciado por el MINSA en el mes de marzo de 2020. Los resultados de esta coordinación se informarán a la Magistrada Presidenta de la Corte Suprema de Justicia, Presidente (a) de  Tribunal de Apelaciones y Secretario General Administrativo.

11.    Se enviará de vacaciones a todo el personal con más de siete días de vacaciones acumuladas, de manera ordenada a criterio del jefe/a de oficina, con el visto bueno del coordinador (a) y/o delegado administrativo.

Activar las Comisiones de Higiene y Seguridad Ocupacional en cada Complejo Judicial, para la supervisión del cumplimiento de las medidas acordadas.

III.    Medidas Judiciales

1.    Habilitar una ventanilla externa de la OPP (Oficina de Presentación de Procesados), para el registro de control de los procesados. Asimismo, realizar la recepción de solicitudes y entrega de constancias judiciales en el portón de acceso a los complejos.

2.    Activar plan de contingencia de ORDICE, para la presentación de escritos  urgentes con vencimiento de término a partir de la 1:00 pm.

3.    Se prohíbe el ingreso de familiares y amistades de reos en las salas de audiencia. Se suspende el ingreso de pasantes y/o litigantes que llegan a observar audiencias.

4.    En las audiencias judiciales, en el acto de juramentación de los testigos y cualquier otra actividad donde asistan usuarios (as) para acceder a los servicios de la institución, deberán tener una separación de un metro de distancia entre cada uno.

5.    La oficina de seguridad únicamente dejará ingresar a los complejos judiciales a las siguientes personas: apoderados judiciales, demandante, demandado, acusados, victimas, testigos, peritos y operadores del sistema de justicia, debidamente justificados.

6.    Los presidentes o presidentas de los Tribunales de Apelaciones, realizarán las coordinaciones pertinentes con la Policía Nacional, Sistema Penitenciario, para evitar el envío de algún reo que presente síntomas de enfermedades respiratorias. De presentarse el caso enviar comunicación a la autoridad correspondiente para efectos procesales.

Como medida alterna al párrafo anterior, el puesto de mando, tanto del Sistema Penitenciario como de la Policía Nacional o en su defecto el responsable a cargo de los reos, en coordinación con el responsable de seguridad interna de los complejos, garantizará que a las celdas preventivas no ingresen reos con sospechas de enfermedades respiratorias.

Comuníquese y Publíquese. Managua, veintidós de Abril  del año dos mil veinte. A. L. RAMOS.- M AGUILAR G.- Y. CENTENO G.-  F. ROSALES.- M. MARTINEZ.- A. CUADRA.- J. MENDEZ.- ELLEN JOY LEWIN DOWNS.- A. JUAREZ.- GERARDO ARCE CASTAÑO.-  V. GURDIAN C.- I.P.L.
 

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