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Nicaragua a la vanguardia en protección internacional de niñez y adolescencia

lunes 05 de octubre de 2020


Escrito por Janelys Del Socorro Carrillo Barrios

* La restitución de un niño o niña sustraídos de su lugar de residencia habitual, es una problemática que en teoría los Estados deben resolver en un plazo menor de seis semanas.

Nicaragua está a la vanguardia en materia del derecho internacional de niños, niñas y adolescentes, por cuanto el conjunto de instrumentos jurídicos a los que se ha adherido es “muy bueno” y el aparato interinstitucional que los aplica funciona de manera satisfactoria, aseguró la doctora María José Arauz Henríquez, jueza Primero de Distrito de Familia de Managua.

La Jueza María José Arauz Henríquez brindó a los defensores públicos una exposición sobre restitución internacional de menores.

Como Jueza Enlace ante la red de jueces interamericanos en la Conferencia Internacional de La Haya, la doctora Arauz Henríquez valoró como “vanguardista” la protección de Nicaragua a la niñez, mediante el desempeño del Ministerio de la Familia o Autoridad Central, la Defensoría Pública y los juzgados nicaragüenses, particularmente frente a los casos de sustracción internacional de niños y adolescentes.

La Convención de los Derechos del Niño, que “es un catálogo de derechos humanos a favor de los niños, niñas y adolescentes”; el convenio sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores; el convenio sobre cobro internacional de derecho de alimentos; y el convenio de protección de la niñez de 1996, constituyen el conjunto legal de protección a la niñez y la adolescencia, explicó la doctora Aráuz Henríquez.

El Artículo 11 de la Convención, establece que los Estados Partes adoptarán medidas para luchar contra los traslados ilícitos de niños y la retención ilícita de niños en el extranjero y para ello promoverán la concertación de acuerdos bilaterales o multilaterales o la adhesión a acuerdos existentes.

La judicial consideró que a 20 años de la aprobación del Convenio de sustracción, Nicaragua ha avanzado en el ámbito de la capacitación; la aplicación del protocolo que establece el procedimiento administrativo por parte de la Autoridad Central y las coordinaciones que a lo interno del país deben entablarse entre el juez del territorio que tramita un caso y la jueza enlace, sin embargo, hay aspectos que pueden mejorarse.

En el primer semestre del año 2019, de los 4,995 casos ingresados a los juzgados de Managua, tres fueron por restitución de menores.  En el mismo período de este año no se recibió solicitud alguna.

El conjunto de convenios internacionales asumidos por Nicaragua en materia de protección a la niñez y la adolescencia la colocan en una posición “vanguardista”.

Retos
Para la judicial, el gran reto para Nicaragua y el resto de países es lograr resolver un caso de restitución en las seis semanas que el convenio establece, ya que la única vez que se logró en el ámbito jurisdiccional fue hace poco más de cuatro años, cuando por un acuerdo entre los padres se retornó a México a un niño que había sido traído al país por su madre.
“Sólo Uruguay lo ha logrado. Ese país tiene la Ley 18895; el procedimiento se caracteriza más como uno de ejecución; no obstante, cuando hay oposición a la restitución no se logra en seis semanas”, dijo.

La jueza estimó que en el ámbito administrativo, el desempeño de la Autoridad Central (o MIFAN) es satisfactorio porque sigue el procedimiento establecido en el protocolo, aunque tal vez habría que revisar la necesidad de citar hasta dos veces, porque eso demora un poco el proceso en su parte inicial, que es cuando se ubica al sustractor y se busca un acuerdo dirigido a lograr el retorno inmediato del niño o niña.

Para hacer más expedito el proceso, sugirió atender de forma rápida las comunicaciones provenientes de la Autoridad Central de otros países, ya que ésta registra la solicitud de restitución y de inmediato la remite a los juzgados. “En Nicaragua, aunque el protocolo a seguir es excelente, tiene un procedimiento administrativo que incluye el envío de dos citatorias y en eso se pierde tiempo”, dijo.

Cuando el caso no se resuelve en la vía administrativa se remite a la Defensoría Pública, que cuenta con defensores especializados en la materia, sin embargo, consideró, es necesario que esa capacitación sea continua y se amplíe a sus operadores en todo el territorio.

¿Qué tiene que revisar la Defensoría Publica?, se preguntó, respondiéndose: “los plazos que son un problema no sólo de Nicaragua sino a nivel mundial. El mandato de la Convención es aplicar el procedimiento más expedito de nuestro régimen jurídico interno”.

“Aprovechando que está de moda la educación en línea, en el ámbito jurisdiccional se necesita utilizar los medios tecnológicos para la aplicación de cursos de actualización de los convenios internacionales para los jueces locales únicos de Nicaragua”, dijo la judicial.

Retorne o no, deben agotarse todos los mecanismos posibles para hacer un buen análisis del caso y lograr mayor efectividad de la tutela del niño o niña en el menor tiempo posible, expuso la jueza Arauz, durante una reciente exposición a defensores público.

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