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Dra. González Betancourt explica la ejecución forzosa en el proceso civil

martes 27 de octubre de 2020


Escrito por Ana Mayling Luna Lara

* La jueza Noveno de Distrito Civil de Managua, abordó el tema con los oyentes del programa radial “Una Hora con la Justicia”.

La doctora Eveling González Betancourt, jueza Noveno de Distrito Civil de Managua, explicó a los oyentes del programa radial “Una Hora con la Justicia”, la ejecución forzosa en el proceso civil nicaragüense, que tiene como principio fundamental el cumplimiento del título ejecutivo.

El Dr. Roberto Larios Meléndez, vocero del Poder Judicial, entrevistando a la jueza civil Dra. Eveling González Betancourt.

La funcionaria inició explicando que “la ejecución forzosa busca el equilibrio entre la parte acreedora y deudora, porque ambos tienen los mismos derechos, respeta el debido proceso y garantiza la tutela judicial efectiva”.

La jueza precisó que existen dos tipos de títulos ejecutivos: el judicial y no judicial. El primero es emitido por un juez a través de la sentencia y el segundo es cualquier documento con carácter ejecutivo, que se relaciona directamente con las obligaciones de pago y se manifiesta a través de una escritura pública, principalmente con bancos o entre particulares.

“El proceso de ejecución tiene como principio fundamental la completa satisfacción del ejecutante, quien se presenta con el título (judicial o no judicial) ante el juez, para que ejecute la acción forzosa en contra de la persona que está obligada y no lo quiere cumplir”, manifestó la judicial.

Es importante destacar --dijo la jueza--- que “en los procesos de ejecución forzosa no hay caducidad, mantienen la vigencia en el tiempo, porque su objetivo es lograr la completa satisfacción del ejecutante y en algún momento se le tendrá que dar respuesta”.

Dra. Eveling González Betancourt, jueza Noveno de Distrito Civil de Managua.

La Corte Suprema de Justicia a través del Instituto de Altos Estudios Judiciales mantiene constante capacitación sobre la ejecución forzosa con perspectiva de género a funcionarios del Poder Judicial, de otras instituciones del Estado y abogados litigantes. 

“Los judiciales y litigantes deben conocer cómo presentar su caso, dependiendo si se trata de una persona de un grupo vulnerable, como las personas mayores de edad, mujeres, niños, adolescentes, con discapacidad o jubiladox. Ellos se encuentran en desigualdad con la contraparte”, acotó la jueza.

Los abogados litigantes se han apropiado de las disposiciones del CPCN, a través de las capacitaciones del Instituto de Altos Estudios Judiciales.

Hasta la fecha se han impartido tres posgrados sobre Ejecución Forzosa con Perspectiva de Género y se trabaja en dos más, uno acerca de la prueba en el proceso civil y otro sobre redacción de sentencias, informó la doctora González Betancourt.

Las capacitaciones son parte de los procesos de formación en esa materia que imparte el Instituto de Altos Estudios Judiciales, con el objetivo de desarrollar capacidades para el cambio del modelo de la justicia civil, aplicando innovadores parámetros equitativos e igualitarios.

La jueza, quien es miembro de la Comisión Técnica de implementación y Seguimiento del Código Procesal Civil de Nicaragua, aseguró que a tres años de la implementación del Código los resultados son positivos, porque los abogados y usuarios se apropian más de las disposiciones de esa ley. 

La judicial exhortó a las universidades a incluir en los pensum académicos Técnicas de Oralidad, para que los futuros litigantes planteen bien sus demandas. Asimismo les instó a promover visitas a los juzgados para que los estudiantes conozcan las audiencias civiles y acumulen experiencias.

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