www.poderjudicial.gob.ni    Mapa del sitio    
inicio Prensa Nivel Central quienes somos contactenos directorio notas de prensa videoteca
    
politicas de comunicacion poder judicial nicaragua
Oficinas de Prensa

Notas de Prensa

Hombre repudia a su hijo de cuatro años en plena audiencia judicial

miércoles 21 de abril de 2021


Escrito por Janelys Del Socorro Carrillo Barrios

* Expresó que no deseaba relacionarse con el niño y perdió automáticamente la autoridad parental. Sin embargo, deberá pagar la pensión alimenticia y la deuda retroactiva.

Como si de un estorbo se tratara, un hombre de 31 años dijo a la jueza segundo de distrito de Familia, doctora Marlene de Fátima Zamora Zepeda, que no quería ver ni saber nada del niño que hace cuatro años engendró con una joven de su misma edad.

J.E.D.M. conoció a su hijo cuando recién había nacido, pero para entregarle la pensión de alimentos hubo que llevarlo a juicio y ordenarle que se hiciera la prueba del ADN que resultó positiva.

Las palabras de J.E.D.M dejaron estupefacta a R.H.M., quien con lágrimas en los ojos no podía dar crédito a lo que sus oídos escuchaban, luego que la autoridad judicial informó que un examen genético practicado por el Instituto de Medicina Legal atribuye al hombre la paternidad del niño.

Cuando el hombre fue informado de la demanda en su contra, no se molestó en contestarla, pero sí acudió a la audiencia inicial, en la que alegó que tiene dos hijos más que mantener,  para que se tuviera en cuenta a la hora de tasar el monto de la pensión de alimentos.

El 23 de marzo, cuando las partes asistieron a la audiencia convocada para resolver la demanda de investigación de paternidad con accesoria de alimentos que la mujer interpuso contra J.E.D.M, la judicial decretó la clausura anticipada del proceso, en vista que llegaron a un acuerdo que ella valoró como justo, correcto y equitativo, por lo cual procedió a homologarlo bajo los principios de legalidad, equidad y proporcionalidad.

Sin embargo, a la hora de establecer cómo sería el régimen de comunicación y visita con el niño, sin atreverse a ver de frente ni a la madre ni a la judicial, el hombre dijo de forma tajante que no quería ver ni saber nada del menor de edad.

En la demanda, la mujer aseguró que en junio del 2016 el “padre” llegó a conocer al niño y desde esa fecha no volvió a relacionarse con el infante, por lo que a ella le tocó asumir ese rol, hasta que un día dispuso solicitar la investigación de paternidad, a fin de que se declarara la filiación y la consecuente pensión del 25 por ciento de los ingresos del irresponsable.

Dra. Marlene de Fátima Zamora Zepeda, jueza segundo de distrito de Familia de Managua.

Lo despreció
Ante el desprecio hacia el niño y con base en el Artículo 295 del Código de Familia, la doctora Zamora Zepeda decretó la pérdida de la autoridad parental, pero advirtió a J.E.D.M. que ello no lo exime de sus responsabilidades como padre. Lo anterior significa que la facultad de realizar trámites administrativos, legales o judiciales en representación del niño es exclusiva de la madre, que no necesitará firma o autorización paterna ante entes gubernamentales, embajadas o personas naturales o jurídicas del mundo.

El inciso a del Artículo 295 C.F. establece que se debe decretar la pérdida de la autoridad parental, cuando “el padre o la madre hubiesen negado la paternidad o maternidad y tuvieran que reconocerla en virtud de resolución administrativa o fallo judicial”.

A pesar de esto, la judicial ordenó al Registro del Estado Civil de las Personas que proceda a la rectificación del nombre del niño, para que en lo sucesivo aparezca con el apellido del hombre que lo engendró.

Asimismo, el fallo dela judicial también estableció que J.E.D.M. pague los 250 dólares que es el valor de la prueba genética realizada por el IML; y que entregue mensualmente a la madre del menor de edad la suma de C$1,547.30 en concepto de pensión de alimentos periódicos.

Además, en concepto de pensión alimenticia retroactiva, el demandado deberá pagar 18,571.17 córdobas correspondiente al periodo noviembre 2018 a octubre 2019, que deberá depositar en 74 cuotas quincenales de 250.00 córdobas y una última cuota de 71.17 córdobas a favor de su hijo. También deberá entregar vestuario y calzado para su hijo, dos veces al año, con valor no menor de 1,500.00 córdobas en cada ocasión, para el cumpleaños del niño y en navidad.

Finalmente, la jueza Zamora Zepeda advierte que todo lo anterior surte efecto desde este momento, hasta que el hijo de R.H.M. y J.E.D.M haya culminado estudios provechosos universitarios con titulación, siendo los gastos promocionales compartidos en un 50% por ambos padres; siempre que el futuro ciudadano se encuentre en completo estado de soltería, sujeto  a la autoridad parental y no trabaje para ningún empleador.

Esta noticia ha sido vista: 2712 veces
Hombre repudia a su hijo de cuatro años en plena audiencia judicial



Recomiendenos | Contactar


 
En celebración del día de las
Madres del Poder Judicial

VER GALERIA DE VIDEOS


Dirección: Km 7 ½ Carretera Norte.
Teléfonos: ++505 2233 2128 / ++505 2233 0004
Relaciones Públicas de la Corte Suprema de Justicia · República de Nicaragua - América Central
Todos los Derechos Reservados 2005- 2014 ®
Sitio Web Desarrollado por la DGTIC

Ir arriba