www.poderjudicial.gob.ni    Mapa del sitio    
inicio Prensa Nivel Central quienes somos contactenos directorio notas de prensa videoteca
    
politicas de comunicacion poder judicial nicaragua
Oficinas de Prensa

Notas de Prensa

Explican importancia de declarar y actualizar el Beneficiario Final de las Sociedades Mercantiles

martes 26 de julio de 2022


Escrito por Vannya Mercedes Vallejos Moreno

* Lo primero que debe hacer una sociedad mercantil para declarar al  Beneficiario Final es actualizar la información en el Registro Público Mercantil.

"Lo primero que debe hacer una sociedad mercantil para declarar al  Beneficiario Final, es actualizar la información en el Registro Público Mercantil”, explicó el doctor Francisco Daniel Castro Suárez, director de asuntos jurídicos de la Dirección Nacional de Registros (DNR), en entrevista realizada por la periodista y conductora Esperanza Amaya, del programa radial "Hoy Domingo", que se transmite por Radio Sandino.

El Dr. Francisco Daniel Castro Suárez, director de asuntos jurídicos de la Dirección Nacional de Registros, en entrevista con la periodista y conductora Esperanza Amaya, del programa radial "Hoy Domingo" en Radio Sandino.

"Aquella sociedad mercantil que hizo traspaso accionario, actualización de la junta directiva, reforma en su capital, aquella que haya nombrado a un nuevo representante legal, tiene que hacer la actualización en el Registro Público Mercantil, antes de declarar y/o actualizar al Beneficiario Final en el registro correspondiente", explicó.

¿Quién es el Beneficiario Final?
El doctor Castro Suárez explicó que la normativa del Registro de Beneficiario Final de las Sociedades Mercantiles, en su artículo 2 define: "se considera como Beneficiario Final de una Sociedad Mercantil: a. La persona o personas naturales en cuyo nombre se realiza una operación y b. La persona o personas naturales que en último término tienen la propiedad o controlan a un cliente, incluyendo a la persona o personas naturales que ejercen la propiedad o control, a través de una cadena de titularidad o de otros medios de control distintos del control directo".

Es decir, "aquella persona que toma las decisiones importantes en la sociedad mercantil, cuando esta se ejerce tanto por medios formales como informales y por lo tanto es la responsable de esa entidad jurídica", explicó el funcionario.

El doctor Castro expresó que "aquella persona que tenga mayor participación accionaria,  el que tenga del 25% a más, ese es un Beneficiario Final; es decir que si una sociedad mercantil tiene 4 accionistas y los 4 tienen una participación del 25 %, los 4 son considerados Beneficiarios Finales, por lo tanto se debe declarar a todos".

Todo en línea
Recordó que el Registro de Beneficiario funciona totalmente en línea, desde el sitio web www.registropublico.gob.ni y que nació con la Ley 1035, Ley de Reforma a la Ley No. 698, Ley General de los Registros Públicos y al Código de Comercio y su función principal es que las sociedades mercantiles declaren y actualicen su Beneficiario Final.

"La creación de este Registro se debe al cumplimiento de estándares internacionales y en especial a la Recomendación 25 del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), que determina que los países deben tener un Registro de Beneficiario Final", explicó el doctor Castro Suarez.

Agregó que para este fin la Corte Suprema de Justicia, en conjunto con la Dirección Nacional de Registros, orientó que se digitalizara toda la información inscrita en el Registro Público Mercantil, que es donde se inscriben todas las sociedades, para que esa base de datos alimente el Registro de Beneficiario Final.

"Esto con el fin de cumplir con los estándares internacionales y que las autoridades competentes e instituciones pertinentes tengan acceso a la información del Beneficiario Final, uno de los objetivos de este registro", detalló el funcionario.

Las autoridades competentes en materia de lavado de activos son la Unidad de Análisis Financiero, el Ministerio Público, la Policía Nacional y el Poder Judicial.

El doctor Castro Suarez explicó que "es obligación de las sociedades mercantiles hacer la declaración y actualización del Beneficiario Final, en caso de incumplimiento la ley y normativa correspondiente, establece multas a estas sociedades, leves, graves y muy graves, conforme a la infracción que hayan cometido."

Las multas pueden ser un llamado de atención directo, multas pecuniarias que van desde los 150 a 500 dólares, dependiendo de la gravedad de la infracción y la inmovilización del tráfico jurídico mercantil.

Agregó que una sociedad que no realice la declaración o actualización en el tiempo correspondiente se inmoviliza su tráfico mercantil, es decir, no va a poder solicitar la inscripción de un poder o la actualización de su junta directiva, hasta que cumpla con la multa.

Otras instituciones como las empresas financieras, están solicitando a las sociedades mercantiles el certificado del Beneficiario Final para la realización de cualquier trámite, como parte del sistema internacional anti lavado.

Esta noticia ha sido vista: 4284 veces
Explican importancia de declarar y actualizar el Beneficiario Final de las Sociedades Mercantiles



Recomiendenos | Contactar


 
En celebración del día de las
Madres del Poder Judicial

VER GALERIA DE VIDEOS


Dirección: Km 7 ½ Carretera Norte.
Teléfonos: ++505 2233 2128 / ++505 2233 0004
Relaciones Públicas de la Corte Suprema de Justicia · República de Nicaragua - América Central
Todos los Derechos Reservados 2005- 2014 ®
Sitio Web Desarrollado por la DGTIC

Ir arriba