www.poderjudicial.gob.ni    Mapa del sitio    
inicio Prensa Nivel Central quienes somos contactenos directorio notas de prensa videoteca
    
politicas de comunicacion poder judicial nicaragua
Oficinas de Prensa

Notas de Prensa

“Si no es femicidio, es asesinato”

jueves 14 de agosto de 2014


Escrito por Oficina de Prensa CJCM

* En el reglamento de la Ley 779 el Estado se compromete a la restitución y reparación del daño a las víctimas de violencia, explicó la presidenta de la CSJ Dra. Alba Luz Ramos Vanegas.

La presidenta de la Corte Suprema de Justicia doctora Alba Luz Ramos Vanegas manifestó que “en caso de que alguna mujer fuera asesinada, muy difícilmente algún juez podrá calificar el delito como homicidio, porque normalmente hay saña y misoginia involucradas en este tipo de delitos”.

Dra. Alba Luz Ramos Vanegas, presidenta de la Corte Suprema de Justicia.

La presidenta de la Corte salió así al paso de las críticas de algunos sectores “políticamente interesados” en atacar el Decreto 42-2014 del Presidente de la República, que reglamenta la Ley Integral Contra la Violencia Hacia la Mujer.

“Estos son delitos de odio que se ejecutan contra las mujeres por el hecho de ser mujeres, es igual a los delitos que se ejecutan contra las personas que tienen opciones sexuales diferentes, por eso muy difícilmente se podrían calificar como homicidio, y si no es femicidio es asesinato”, dijo la doctora Ramos Vanegas, en un seminario de capacitación sobre el Decreto 42-2014 con jueces y magistrados penales y de Familia, defensores públicos y médicos forenses de todo el país.

La doctora Ramos expresó que “el delito de asesinato tiene una pena mayor (que el femicidio), la única diferencia es que el delito de femicidio es especifico y el de asesinato es genérico, pero en cuanto a la pena o el castigo que se va a recibir es exactamente lo mismo”.

“Yo tengo entendido que algunos abogados quieren que estos delitos se califiquen como homicidio para que la pena sea menor, pero recuerden que en estos tipos de delitos siempre hay algún elemento que califica que es asesinato, porque siempre habrá saña, premeditación y alevosía de manera que muy difícilmente se podrá tipificar como homicidio”

Objetivos del Reglamento
Agregó que el objetivo del Reglamento de la Ley 779, Decreto 42-2014, es establecer la Política de Prevención de la Violencia y definir algunos conceptos de la ley, como relaciones desiguales de poder y patrimonio familiar”.
 

Jueces penales, de Familia,  magistrados de las salas penales de Apelaciones, médicos forenses y defensores públicos, participaron en el seminario sobre el decreto 42-2014.

Algunos conceptos en la ley están enunciados y en el  reglamento están desarrollados, eso es lo que se percibe y a la vez ampliar todo lo que tiene que ver con la prevención, sanción y atención a las mujeres que son víctimas de violencia”, dijo la presidenta de la CSJ.

La doctora Ramos Vanegas manifestó que “el reglamento define más ampliamente la restitución y reparación del daño a las víctimas de violencia y el Estado a la vez se compromete a reparar el daño sufrido”.

“En este reglamento está la política de Estado que ya se había elaborado anteriormente por la Comisión Interinstitucional de Lucha contra la Violencia y se incorpora --sobre todo en la parte preventiva-- en el reglamento; eso le da una mayor fortaleza jurídica a la política que ya estaba aprobada y se está aplicando”, dijo la presidenta de la CSJ.

La doctora Ramos recordó que el reglamento "no reforma la Ley 779 ni modifica ninguno de los tipos penales que establece la ley, lo único que se cambió fue el femicidio”

“La violencia se tiene que erradicar desde el seno de la familia, por eso se implementó la Política de Estado porque queremos lograr a través de esta el fortalecimiento de la familia y prevenir hechos lamentables”, finalizó la presidenta de la Corte.

Esta noticia ha sido vista: 2117 veces
“Si no es femicidio, es asesinato”



Recomiendenos | Contactar


 
En celebración del día de las
Madres del Poder Judicial

VER GALERIA DE VIDEOS


Dirección: Km 7 ½ Carretera Norte.
Teléfonos: ++505 2233 2128 / ++505 2233 0004
Relaciones Públicas de la Corte Suprema de Justicia · República de Nicaragua - América Central
Todos los Derechos Reservados 2005- 2014 ®
Sitio Web Desarrollado por la DGTIC

Ir arriba