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Jueces amonestan a familiares por sacar de la escuela a un niño y una niña

jueves 14 de marzo de 2019


Escrito por Janelys Del Socorro Carrillo Barrios

 * Alegan que tenían miedo de que las mamás llegaran a verlos al colegio y terminaran llevándoselos con ellas.

Un juez y una jueza del Tribunal de Familia ordenaron, en audiencias separadas, la inmediata inscripción en el sistema escolar de un niño y una niña cuyos familiares los sacaron del colegio, supuestamente para evitar que sus mamás se los llevaran con ellas.
Doctor Egberto Ramos Solís, juez Décimo de Distrito de Familia.

El niño y la niña, hijos de parejas distintas, son el centro de la disputa legal que sus madres sostienen por su cuido y crianza ante el Tribunal de Familia, luego que autoridades del Ministerio de la Familia, Adolescencia y Niñez los entregaran al abuelo materno y al papá, respectivamente.

La jueza Noveno y el juez Décimo de Distrito de Familia, doctores  María de los Ángeles Soza y Egberto Ramos Solís, llamaron la atención de los familiares de los niños, a quienes  ordenaron matricularlos al salir de las audiencias y evitar que sigan perdiendo clases.
 
La sicóloga Luz Haydée Herrera Vásquez, dijo al juez Ramos Solís que en el caso del niño (de seis años de edad), el hecho de no escolarizarlo “constituye una conducta negligente por parte de las personas que han estado a cargo de su cuido y crianza desde que tenía un año y medio de edad, perdiendo un importantísimo período de desarrollo de sus estructuras neuronales y cerebrales, vitales para el próximo período evolutivo”.
 
En la entrevista que rindió ante la psicóloga del Consejo Técnico Asesor, J.L.R., abuelo del menor de edad por la línea materna, dijo que por la crisis que vivió el país y luego “por la madre”, lo retiraron del colegio “por miedo” (de que se lo lleve).
 
Durante el reconocimiento judicial, la abuela de la niña (de espaldas), mintió a la judicial (blusa azul) diciendo que su nieta no había ido a la escuela porque ese día no había clases.
Con el visto bueno del Ministerio de la Familia y la Policía, J.L.R. le quitó a su hija el niño que tuvo a los 16 años, cuando el bebé tenía 18 meses de nacido. Entre sus argumentos figuran los supuestos “errores” cometidos por su hija durante la adolescencia.
 
Miedos y mentiras
En tanto, C.L.R., hermana de J.L.R. y tía abuela del niño, confirmó que “ahora (que) vino la mamá ya no lo llevamos, fue a clases hasta junio (de 2,018); nosotros lo retiramos por temor de que (se) lo llevara del colegio”.
 
Ante la experta en psicología, el abuelo del niño externó su deseo de pagar una empleada para que lo cuide y criarlo junto a su tercera compañera de vida que no ha podido embarazarse, no obstante, la psicóloga advirtió al judicial que “la relación madre-hijo es muy importante y necesaria para el sano desarrollo psicoevolutivo y personalidad en formación del niño”.
 
Además, analizó que tanto el abuelo y la tía abuela del menor afectan su estabilidad física, su desarrollo psicoevolutivo y su proceso de escolaridad, porque no tiene una residencia fija, ya que desde que se lo quitaron a la mamá ambos se alternan un día y una noche para cuidarlo.
 
La jueza Noveno de Distrito de Familia, María de los Ángeles Soza, restableció el derecho a la educación de la hija de R.L.D y J.H.A.
En tanto, durante una audiencia programada para ejecutar una sentencia que otorgó el cuido y crianza de la niña a R.L.D., su mamá, el papá J.H.A. confesó a la jueza Noveno de Distrito de Familia, doctora María de los Ángeles Soza, que la niña dejó de estudiar desde que él se separó de su pareja y aunque quiso tramitar el traslado después, “ya fue tarde”.
 
Sólo dos semanas antes, en el reconocimiento que la judicial hizo a la vivienda donde la niña habita con su padre y su abuela materna, esta última aseguró que ese día la niña no había ido a clases porque era la despedida del curso escolar y por eso había decidido no enviarla.
 
“Eso afecta su responsabilidad como padre (porque está) violentándole el derecho a su hija a la educación; lo ocurrido con la abuela paterna de la niña será tomado en cuenta a la hora de emitir sentencia”, advirtió la judicial a J.H.A.
 
En este caso, tramitado como ejecución de sentencia, el padre no cumplió el acuerdo que inicialmente suscribió ante el MIFAN, para permitir que se cumpliera el régimen de visita de la madre para con su hija y que participara en su vida escolar, asistiendo, entre otras cosas, a las reuniones escolares y actividades extracurriculares.
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