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“Ninguna norma se antepone a la Constitución”

lunes 08 de abril de 2019


Escrito por Edgar Solorzano

* Afirmó el magistrado de la CSJ, doctor Francisco Rosales Argüello, en el seminario de Justicia Constitucional impartido en la Circunscripción Oriental.

El magistrado de la Corte Suprema de Justicia, doctor Francisco Rosales Argüello, presidente de la Sala de lo Constitucional, afirmó que “ninguna norma se le antepone a la Constitución”, según lo establecido en el artículo 182 de la Constitución Política, para destacar la importancia de la Ley de Justicia Constitucional

De esa manera se refirió el doctor Argüello Rosales en el seminario sobre la Ley de Justicia Constitucional que se llevó a cabo el sábado pasado, impartido a funcionarios de la materia civil de la Circunscripción Oriental.

El magistrado de la CSJ, doctor Francisco Rosales Argüello manifestó que “los bienes jurídicos a tutelar son los que están en juego. La norma constitucional es la que prima y si se violentan derechos fundamentales hay amparo”

“La Ley de Justicia Constitucional hace prevalecer la supremacía constitucional a través de mecanismos de control, cuya trascendencia es proteger los derechos y garantías constitucionales”, enfatizó el magistrado.

Por eso, indicó, la Ley de Justicia Constitucional contempla que procede el Amparo en contra de las resoluciones judiciales cuando ha habido violaciones de derechos fundamentales.

El presidente de la Sala de lo Constitucional historió que en Nicaragua fueron los liberales los que establecieron de manera clara y meridiana en la Constitución de 1894 los Recursos por Inconstitucionalidad, de lo Contencioso Administrativo, de Amparo y el de Exhibición Personal.

Agregó que “es el presidente Zelaya el que da a Nicaragua la forma dentro del Estado moderno”.

“Nosotros nos adelantamos a Europa. El primer país donde se crea un Tribunal Constitucional en Europa es en Austria en 1920 y es ahí donde por primera vez se habla de la constitucionalidad en abstracto. Ni siquiera es en Francia, porque además, el Consejo Constitucional ni siquiera tenía funciones jurisdiccionales, hasta ahora le están dando una que otra función. Mientras en España se creó el Tribunal Constitucional en 1931 con el gobierno de Aniceto Alcalá, que es al que le dan el golpe y después viene la Guerra Civil”, dijo el magistrado.

Reiteró que en ningún país europeo existía el Tribunal Constitucional y en Nicaragua ya teníamos el Recurso por Inconstitucionalidad y el Amparo en 1894.

Magistrados, jueces, asesores y secretarios judiciales de la materia civil de la Circunscripción Oriental, en el seminario de Ley de Justicia Constitucional

Precisó que “el Amparo es latinoamericano y sus antecedentes son en México con la Constitución de Apatzingán de 1814, que lo esboza pero no lo proclama. Es la Constitución de Chilpancingo en 1857 la que lo incorpora y con la Constitución de Querétaro de 1914, que es la Constitución de la revolución, lo incorpora de manera plena y marca un hito en la historia de la humanidad”.

Afirmó que aquí lo que tenemos que ver nosotros es la supremacía de la norma. No es la Sala de lo Constitucional la que declara la inconstitucionalidad de la ley, es la Corte en pleno.

Recordó que en Nicaragua “los derechos fundamentales los tutela la Corte Suprema de Justicia y la Sala de lo Constitucional a través del amparo”.

Los docentes (de izq. a der.) doctores Rubén Montenegro, scrio de la CSJ y los asesores de magistrados, Darwin Centeno Mayorga, Osmán Velásquez Sirias, Lissette Flores Flores y Víctor Robleto Ocampo

“Los bienes jurídicos a tutelar son los que están en juego. Ningún tribunal puede violentar normas constitucionales. La norma constitucional es la que prima y si se violentan derechos fundamentales hay amparo”, acotó.

Destacó que en Nicaragua la protección de los derechos constitucionales no es como pasa en España para unos cuantos artículos, sino para la totalidad de la Constitución; y la inconstitucionalidad la puede invocar cualquier ciudadano, mientras en Europa es el presidente el que lo hace o el Ombudsman, explicó.

“Aquí se discute política. La justicia constitucional y la justicia en general es política. Por eso, cuando la justicia y el derecho están en choque, hay que velar por la justicia”, finalizó el magistrado de la Corte Suprema de Justicia, doctor Francisco Rosales Argüello.

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