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CSJ amplia competencia de Juzgados Penales de Ejecución y Adolescentes de Matagalpa y Jinotega

viernes 03 de mayo de 2019


Escrito por Gloria del Carmen Argüello Robles

* Informó el vicepresidente de la CSJ, doctor Marvin Aguilar García

El pleno de la Corte Suprema de Justicia, habilitó a los Juzgados de Ejecución y Vigilancia Penitenciaria y a los Juzgados Penales de Distrito de Adolescentes de Matagalpa y Jinotega, para conocer y resolver hasta sentencia las apelaciones, recusaciones e inhibitorias, proveniente de los Juzgados Locales Penales y Locales Únicos en materia Penal de la Circunscripción Norte. 
El vicepresidente de la CSJ, Dr. Marvin Agilar García, dio a conocer el acuerdo No. 38 de Corte Plena que amplía la competencia de los Juzgados Penales de Ejecución y Adolescentes de Matagalpa y Jinotega.

La información fue dada a conocer por el Vicepresidente de la CSJ, doctor Marvin Aguilar García, a los magistrados y jueces penales de Matagalpa y Jinotega, en un encuentro realizado el 29 de abril de 2019.

El Acuerdo No. 38 del 25 de abril de 2019, entrara en vigencia el lunes 6 de mayo del corriente año, y literalmente establece:
 
Primero: Habilitar por Ministerio de Ley, a los Juzgados de Ejecución y Vigilancia Penitenciaria y a los Juzgados Penales de Distrito de Adolescentes de los Matagalpa y Jinotega para conocer, tramitar y resolver con su correspondiente sentencia, de las apelaciones, recusaciones e inhibitorias y cualquier otra circunstancia, provenientes de los Juzgados Locales Penales y Locales Únicos en materia Penal, de su departamentos respectivos, sin menoscabo de las funciones propias del cargo que ostentan, que deberán realizar paralelamente.
 
Segundo: Los Juzgados Penales de Distrito de Juicio de los departamentos de Matagalpa y Jinotega, también conocerán, tramitarán y resolverán, inclusive la sentencia definitiva, sobre todas las causas que se encuentren radicadas en sus juzgados que provengan de los Juzgados Locales Penales y Locales Únicos en materia Penal, hasta la fecha en que se le notifique del presente Acuerdo.
 
Tercero: Los Juzgados Penales de Distrito de Juicio de los departamentos de Matagalpa y Jinotega, dejaran de conocer y resolver de las apelaciones, recusaciones e inhibitorias provenientes de los Juzgados Locales Penales y Locales Únicos en materia Penal, de manera transitoria, hasta nuevo mandato de este Supremo Tribunal.
 
Cuarto: La asignación de los asuntos descritos, provenientes de los juzgados Locales Penales y Locales Únicos en materia penal, serán distribuidos por las oficinas de distribución de escritos (ORDICE) de los complejos judiciales respectivos de Matagalpa y Jinotega, de forma equitativa a los juzgados habilitados.
 
El magistrado Aguilar García, señaló que la decisión se tomó en aras de contribuir a una mejora de la administración de justicia, que optimice las calidades de los funcionarios judiciales y agilice los procesos penales en los municipios de la región. 
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