Notas de Prensa

Proponen pautas para normativa de Familia en materia de restitución internacional

jueves, 07 de septiembre de 2017


Escrito por Janelys Del Socorro Carrillo Barrios

* Juez nicaragüense con experiencia en el tema presenta ponencia en conferencia celebrada en Costa Rica.

El experto nicaragüense en Derecho de Familia y juez civil, doctor Milton David Zeledón Molina, presentó en Costa Rica una propuesta de normativa para un Código de Familia modelo en materia de restitución internacional de niños, niñas y adolescentes.

Dr. Milton David Zeledón Molina, experto en sustracción y retención ilícita de menores de edad

El Colegio de Abogados y Abogadas de ese país, invitó al doctor Zeledón Molina a participar en la II Jornada Internacional de Derecho Procesal de Familia, celebrada entre el 23 y el 25 de agosto.

En el evento internacional, los países participantes debatieron sobre la importancia de crear un Código Procesal de Familia tipo para Iberoamérica, que entre otras cosas garantice en un plazo de seis semanas el cumplimiento de las Convenciones de la Haya de 1980 y 1989, respecto a la restitución rápida y segura de aquellos niños, niñas y adolescentes trasladados de forma ilícita a otro país por uno de sus progenitores.

Siendo que el principio de celeridad es fundamental en los procesos de restitución, la propuesta del doctor Zeledón Molina apunta a legislar o adecuar aquellas leyes que lo requieran, en función de lograr trámites expeditos que posibiliten el cumplimiento de las seis semanas.

A la fecha, en el continente americano solo Uruguay y la provincia de Córdoba, república de Argentina, logran resolver los casos de restitución en el tiempo establecido por las Convenciones de la Conferencia de La Haya.

Eliminar recurso de casación
Zeledón Molina, quien en 2015 y parte de 2016 fungió como juez de Familia, apuntó la necesidad de definir tiempos en la sede administrativa, así como aprobar una ley en la materia, suprimir la casación y definir el efecto suspensivo en las apelaciones.

Recordó que en Nicaragua, antes de la entrada en vigencia del Código de Familia (en abril del 2015), el proceso de Familia estaba plagado de un formalismo excesivo característico del Derecho Procesal Civil y carente de normas procesales propias del Derecho de Familia.

Entre las propuestas de orden procesal que contribuirían al cumplimiento del plazo de seis semanas establecido por los Convenios para restituir a un niño o niña sustraído o retenido ilegalmente en otro país, el judicial mencionó la definición clara de las figuras de traslado ilícito y retención ilícita, ya que en el caso de Nicaragua su Código de Familia solo contempla la primera y omite la segunda.

Con amplia experiencia en defensoría pública en esta materia, Zeledón Molina dijo que procurar la restitución voluntaria en la sede administrativa también debería ser un objetivo a perseguir para lograr la restitución rápida de un niño, niña o adolescente.

Destacó que el Artículo 52 de su Protocolo de Actuaciones para estos casos, Nicaragua ha definido que las solicitudes de restitución agoten la vía administrativa y sólo que esta etapa haya fracasado, se pase a la judicialización del asunto.

“Con  esto se busca que el conflicto familiar se resuelva de la manera más económica y menos traumática para las partes”, explicó.

El doctor Diego Benavidez, juez Enlace de restitución por Costa Rica ante la Conferencia de La Haya, felicitó al doctor Zeledón Molina por la ponencia, específicamente por lo atinado respecto a las tendencias mundiales en el tema.

Entre enero y junio de este año, Nicaragua emitió 46 solicitudes de restitución internacional y a su vez recibió 30 de países como Costa Rica, El Salvador, Honduras, España, Argentina, Francia, Alemania y  México.

Proponen pautas para normativa de Familia en materia de restitución internacional