Notas de Prensa

“Declarar o actualizar el Beneficiario Final de una sociedad no tiene costo"

martes, 16 de agosto de 2022


Escrito por Vannya Mercedes Vallejos Moreno

* Una sociedad mercantil puede ser una farmacia, un restaurante, una tienda de ropa; todas están en la obligación de declarar o actualizar su beneficiario final.

"Realizar la declaración o actualización del beneficiario final en el Registro de Beneficiario Final de las Sociedades Mercantiles no tiene ningún costo ", explicó el doctor Francisco Castro Suárez, director de Asuntos Jurídicos de la Dirección Nacional de Registros (DNR), en el programa ´En Conexión´ de Radio Sandino.

A la izquierda, el Dr. Francisco Castro Suárez, director de asuntos jurídicos de la Dirección Nacional de Registros, en el programa ´En Conexión´ de Radio Sandino.

El Registro de Beneficiario Final es válido para todas las sociedades mercantiles inscritas en el Registro Público Mercantil, tales como: sociedad en comandita simple, sociedad de responsabilidad limitada, sociedad en comandita por acciones y sociedad anónima, esta última la más común en Nicaragua.

"Una sociedad mercantil puede ser una farmacia, un restaurante, una tienda de ropa, etcétera; todas están en la obligación de actualizar la información en el Registro Público Mercantil y declarar o actualizar el beneficiario final en el registro correspondiente", explicó el doctor Castro Suárez.

Agregó: “lo que sí tiene un costo es el certificado de Beneficiario Final, cuando lo solicite la sociedad mercantil para presentar a las instituciones del Estado o bancarias, por ejemplo, para trámites de préstamos en cualquier banco".

En la medida que la sociedad mercantil haga reformas en su estructura societaria, debe hacer la actualización de su beneficiario final, entendido como la persona natural que toma las decisiones importantes en la sociedad, a través del control y dominio.

El Registro de Beneficiario Final de las sociedades mercantiles es de carácter administrativo, con funcionamiento en línea desde el sitio web del www.registropublico.gob.ni. La gestión puede realizarla el representante legal o bien pueden designar al administrador, contador, secretario o a otras personas,  con poder especial inscrito en el registro respectivo.

También atiende de forma presencial desde las oficinas de la DNR, en donde un equipo guía en el uso del nuevo registro y aclara cualquier duda que tenga el usuario referida a ese tema. Además brinda respuesta a través del correo electrónico beneficiariofinal@registropublico.gob.ni y del número telefónico 22981638 ext. 7256.

En cada una de las 17 oficinas registrales del país, los registradores titulares y auxiliares están atendiendo de forma presencial a los usuarios que así lo requieran, agregó el funcionario.

Esta noticia ha sido vista: 9629 veces