Escrito por Janelys Del Socorro Carrillo Barrios
* Después de un mes sin saber nada de él porque el padre se lo llevó sin avisarle y atribuyéndole el supuesto abandono del niño.
En la víspera del Día de la Madre nicaragüense, una mujer de 41 años ingresó a la sala de audiencias número cuatro del Tribunal de Familia, cargando a su hijo de siete años a quien literalmente se comía a besos mientras el menor le correspondía aferrándose a su pecho.
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Durante la audiencia, madre e hijo permanecieron prodigándose manifestaciones de cariño. |
Esa mañana del 29 de mayo, el juez Cuarto de Distrito de Familia, doctor José Ramón Barberena Ramírez, ejecutó la sentencia que dos años atrás dictó disolviendo el matrimonio de la mujer y el padre de su hijo, a la vez que le concedía el cuido y crianza del niño a la mamá.
Hace un mes, el padre del niño llegó a buscarlo a la casa del domicilio materno y al no encontrarlo fue a la de su suegra donde lo encontró, pero sin comunicarse con la progenitora se lo llevó al hogar que formó con su nueva pareja y presentó una demanda contra la madre por suspensión de la autoridad parental, alegando abandono del niño.
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Gracias al acuerdo adoptado por las partes, la audiencia también resolvió la modificación del monto de la pensión de alimentos sin contratiempos. |
Cuando el judicial notificó a la afligida mujer que había una demanda en su contra, el judicial celebró una audiencia con “carácter preferente”, a la cual el hombre acudió con el niño. “Pedimos la ejecución de la sentencia…el padre se llevó al niño y estuvo sin contacto, sin su hijo por un mes”, alegó la abogada Soraida Salgado Orozco, representante legal de la progenitora que se dedica a la elaboración de pasteles.
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Ashly Zamora Rodríguez, representante legal del padre. |
En respuesta, la abogada del padre del niño Ashly Zamora Rodríguez, alegó que el menor está al cuido de la abuelita materna (y no de la madre como manda la sentencia); que a su representado no le permitían llevárselo y que el menor fue quien pidió irse con el papá.
Después de examinar la sentencia del 9 de septiembre de 2021, en la que consta la homologación de los acuerdos que la entonces pareja adoptó para resolver el divorcio, incluido el cuido y crianza del niño a favor de la madre, el juez Barberena Ramírez ordenó su retorno al domicilio materno.
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Soraida Salgado Orozco, representante legal de la madre. |
¿Abandono?
“De lo alegado por la parte ejecutante sobre el supuesto abandono del niño por parte de la madre, eso se discutirá en el juicio que corresponde”, indicó el judicial, en referencia a la demanda de suspensión de la autoridad parental que presentó el hombre contra la madre de su hijo.
La audiencia con carácter preferente también sirvió para evacuar incidencias relacionadas con la entrega de los alimentos periódicos y atrasados por parte del padre, por lo que el doctor Barberena determinó que este debe cancelar la suma de 23,400 córdobas en concepto de pensión de alimentos no pagados, mora y pago de vestuario, dinero que pagará en abonos de mil córdobas mensuales que serán deducidos por su empleador para ser entregados a la mujer en representación de su hijo.
Con el consentimiento de las partes, el juez Barberena Ramírez también modificó el monto de los alimentos periódicos a partir del mes de junio, que ya no será del 25 por ciento de los ingresos ordinarios y extraordinarios del padre, sino del 17.5%, ya que este también debe responder por la manutención de un segundo hijo fruto de su nueva relación.