Notas de Prensa

Dr. Rafael Solís: “uniformar criterios”

martes, 15 de julio de 2014


Escrito por Edgar Solorzano

* Sobre la tipificación del femicidio.

Las instituciones que integran el sistema de Justicia deben uniformar criterios y pronunciarse con respecto  qué es y qué no es el femicidio, afirmó el magistrado del Poder Judicial doctor Rafael Solís Cerda, al ser consultado sobre el tema por los medios de comunicación luego de la inauguración de la Primera Feria del Libro Jurídico en el Complejo Judicial Central Managua.

“La Corte Suprema de Justicia debe uniformar criterios y pronunciarse con respecto a dejar bien claro qué es el femicidio”, afirmó el magistrado del Poder Judicial, doctor Rafael Solís Cerda.

“La Corte Suprema de Justicia necesita tener una posición por unanimidad alrededor de este tema y creo que lo vamos a lograr en las próximas semanas”, dijo el doctor Solís Cerda.

No obstante, el magistrado expresó su criterio personal expresando que respalda la posición de la Policía Nacional en su interpretación bastante restringida del femicidio, que debe haber una relación entre el hombre y la mujer. Todos los demás casos son homicidios o asesinatos.

Sin embargo, el doctor Solís Cerda recordó que “el Poder Judicial a través de jueces y algunas sentencias de magistrados de apelaciones ha sostenido un criterio más amplio, que debe revisarlo la Corte Suprema, en el sentido que puede haber femicidio aunque no exista una relación de pareja. Eso es lo que habrá que discutir con calma”.

“En lo personal --y no es algo definitivo--, me inclino por la posición de la policía que si no hay ningún tipo de relación, ningún vínculo entre el hombre y la mujer, no debería haber femicidio. En todo caso el delito deberá tipificarse como asesinato. Pero eso hay que discutirlo más a fondo”, reiteró.

“Claro, esa es mi posición. Yo sé que hay algunos magistrados y magistradas de la Corte Suprema que sostienen un criterio distinto. Por eso no puedo hablar como Corte, ni siquiera como Sala Penal, hasta que no nos pongamos de acuerdo y comencemos a resolver algunas casaciones que están pendientes”, manifestó.

El doctor Solís Cerda expresó que su posición no es para invisibilizar el femicidio en el país y puso como ejemplo que en Costa Rica tienen una interpretación restringida y hasta la semana pasada reportaban tres femicidios en el año.

“¿Y por qué solamente hay tres femicidios en Costa Rica y 48 en Nicaragua?”, se preguntó el magistrado, respondiéndose inmediatamente que “en Costa Rica hay femicidio cuando un hombre mata a una mujer en relación de pareja. Entonces es absurdo que para el vecino país haya determinado número y para nosotros otro, cuando es el mismo hecho”.

“En Costa Rica la ley fue clarísima, tajante y cortante cuando dijo que únicamente se daba femicidio si el hombre mataba a la mujer en medio de la relación de pareja”, reiteró el magistrado.

“Nicaragua tiene que tomar una decisión final. En lo personal creo que el análisis y el criterio que hizo la policía es el que debería aplicarse en el país, que únicamente hay femicidio cuando se produzca la muerte de una mujer en el contexto de una relación de pareja hombre-mujer. Esta es mi opinión personal”, acotó.

“No es que queramos encubrir nada, porque de todas maneras si no es femicidio será asesinato y vamos a aparecer con un índice más alto de asesinatos de mujeres. Pero ya es otra cosa, ya no es una figura donde el gobierno tiene una posición frontal de combatir la violencia contra la mujer”, dijo el doctor Solís Cerda.

Pero hay alguna gente que manipula sosteniendo que como ha habido más femicidio este año que el año pasado, no hay una efectividad de la política en contra de la violencia contra la mujer y nos atacan políticamente por algo que no responde a la realidad, aseveró.

“Creo que hay un buen resultado de la política integral contra la violencia hacia la mujer. Pero ahora quieren meter en un mismo saco todos los homicidios de mujeres, para llevar agua a su molino. Los femicidos se han reducido en el contexto que lo ha expresado la policía. Es decir, 18 femicidios y no 48 como dicen algunas organizaciones de mujeres”, subrayó el funcionario judicial.

El magistrado recordó que las distintas interpretaciones de qué es femicidio vienen a partir de los artículos 8 (formas de violencia contra la mujer) y 9 (femicidio) de la Ley Integral Contra la Violencia Hacia la Mujer (Ley 779) que lo definen y después establece una serie de circunstancias en las que pueden darse.

El artículo 9, dijo el magistrado, establece que comete delito de femicidio el hombre que mate a la mujer en el contexto de una relación desigual de poder, en cualquiera de las circunstancias establecidas en seis incisos, incluyendo el famoso inciso H –cuando concurra cualquiera de las circunstancias de calificación contempladas en el delito de asesinato en el Código Penal.

“Ahí que estás diciendo, que si lo desvinculas de la relación hombre-mujer todo asesinato es femicidio.  A lo mejor la ley quedó con esa redacción en la que no se ven los dos artículos como un todo. Se tienen que dar las dos cosas: la relación hombre-mujer y además los hechos que ahí se señalan”, finalizó el magistrado de la Corte Suprema de Justicia.

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