Notas de Prensa

Militar pierde autoridad parental de su hija por consumir pornografía

martes, 15 de mayo de 2018


Escrito por Janelys Del Socorro Carrillo Barrios

* Peritaje policial aplicado a sus celulares encontraron fotos de niñas y adolescentes descargadas de internet.

Por almacenar imágenes pornográficas en sus teléfonos celulares, un hombre de oficio militar perdió el derecho de relacionarse con la hija que procreó con su expareja.

La vivacidad de las nuevas generaciones frente a la tecnología demanda mayor control de sus tutores.

De oficio, el juez Cuarto de Distrito de Familia, doctor José Ramón Barberena Ramírez, también le suspendió la autoridad parental sobre la niña a J.S.O., la que recuperará hasta que demuestre que se ha sometido al tratamiento psicológico que el judicial le ordenó.

“Si bien es cierto no existe en el peritaje (evidencia) de que la niña haya tenido acceso o haya visualizado la pornografía, considero que el interés superior en este caso es privar el derecho del padre para relacionarse con su hija”, consigna la resolución judicial.

Ante el Tribunal de Familia, el militar demandó que la autoridad judicial ejecutara la sentencia dictada por el Juzgado Sexto de Distrito de Familia, en la que se ordenaba a la madre de la niña permitir la relación padre-hija.

David Antonio Paiz Pérez, abogado del militar, planteó que C.V.S. mamá de la niña, ha incumplido el mandato “ya que siempre pone obstáculos para evitar que (la relación padre-hija) se materialice”.

En la audiencia de ejecución, la ejecutada pidió remitir a la Policía dos celulares propiedad del ejecutante, asegurando que ahí  almacenaba material pornográfico.

El abogado del ejecutante aseguró que si bien se encontró dicho material pornográfico, el peritaje policial no refiere que su representado aparezca desnudo en las fotografías y por eso “no se puede determinar a quién pertenece el celular”, pidiendo además que las imágenes no se tomaran como prueba contra el militar.

El acceso de los menores de edad a los dispositivos electrónicos debe ser una responsabilidad más de los padres y las madres.

Descuido con teléfonos
El representante de la mamá de la niña argumentó que esta tuvo temor  de la pornografía que consume el ejecutante porque puede perjudicar a la menor de edad, e hizo ver que el militar dejó los dos celulares en casa de su representada.

“A todas luces es consumidor de pornografía infantil”, dijo el abogado de la ejecutada, quien agregó que si el ejecutante fuera un simple consumidor podría ser un riesgo (para la niña), cuanto más si es consumidor de pornografía infantil el riesgo es inminente, ya que según la pericia policial las imágenes de los celulares fueron descargadas de internet, entre ellas las fotos de cuatro bebés y de otras niñas.

El abogado de la expareja del militar aseguró que si bien el consumo de pornografía no está tipificado como delito, ”es una desviación”  de los padres y un riesgo para la niña que puede ser usada para satisfacer deseos inadecuados de alguien que tiene costumbre de consumirla.

El juez Barberena Ramírez señaló que los resultados del peritaje policial practicado a los celulares así como los instrumentos nacionales e internacionales que protegen los derechos de la niñez, tales como la Convención de los Derechos del Niño y el Código de Familia, lo obligan a proteger sus derechos fundamentales.

Explicó que las leyes mandatan que cuando la autoridad presumiere que la seguridad del niño o la niña esté en riesgo, debe actuar conforme la ley y en el presente caso, el Artículo 294 del Código de Familia, en su párrafo final establece que la suspensión de la autoridad parental a los progenitores puede declararse a petición de parte o de oficio.

Teniendo en cuenta que el peritaje policial arrojó que en efecto existe consumo de pornografía en los celulares del señor J.S.O.; que él lo admitió en audiencia única, y considerando que fue remitido a tratamiento psicológico especializado de Familia y a la fecha no ha presentado prueba convincente que lo cumplió, el judicial de oficio le suspendió la autoridad parental y el derecho de relacionarse con la niña.

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