Notas de Prensa

Flexibilizan admisión de las demandas civiles

miércoles, 08 de agosto de 2018


Escrito por María Elsa Baca Suárez

* CSJ emite circular sobre providencia de subsanación de las demandas, conforme el CPCN.

Con el objetivo de fortalecer el acceso a la justicia en materia civil, la Corte Suprema de Justicia emitió una circular que contiene la providencia de subsanación de las demandas civiles, informó la presidenta de la Sala de lo Civil de la Corte Suprema de Justicia, magistrada Ileana Pérez López.

La Magistrada Ileana Pérez López, presidenta de la Sala Civil de la CSJ, en un encuentro con funcionarios de la materia civil de la Circunscripción Sur y funcionarios miembros de la Comisión de Implementación, Capacitación y Seguimiento del Código Procesal Civil de Nicaragua.

La doctora Pérez explicó que ya se encuentra a la disposición de jueces y magistrados en el Sistema Nicarao, y en el caso de los juzgados que aún no cuentan con la implementación de dicha herramienta informática, les ha sido enviado  por correo electrónico.

Además, la presidenta de la Sala Civil informó que en la página web del Poder Judicial www.poderjudicial.gob.ni/codigoprocesalcivil/circulares.asp está disponible un cuestionario, el cual contiene preguntas y respuestas sobre la aplicación de la nueva norma procedimental.

“Éste (el cuestionario) será una herramienta útil de trabajo, ya que explica los aspectos principales de la ley y eso facilitará un mejor acceso a la justicia a los usuarios”, expresó.

La magistrada Pérez López, quien es además, coordinadora de la Comisión de Implementación, Capacitación y Seguimiento del Código Procesal Civil de Nicaragua, recordó que el control de la admisibilidad de una demanda recae en la verificación de los presupuestos procesales y de los requisitos de procedencia de la demanda.

Funcionarios judiciales consultaron sobre algunos aspectos de la aplicación de la nueva providencia para agilizar la admisión de las demandas civiles.

Ciclo de conferencias
Entre las acciones que se desarrollarán para flexibilizar la admisión de las demandas civiles, se encuentran la celebración de conferencias en todas las circunscripciones jurisdiccionales, de forma presencial o mediante video-conferencias, en las que participarán magistrados de tribunales de apelaciones, jueces de distrito y locales civiles, locales únicos, secretarios de tramitación civil y coordinadores de dicha área.

Estos encuentros iniciaron en el Tribunal de Apelaciones de la Circunscripción Sur (Granada-Rivas) y contó con la participación de funcionarios jurisdiccionales que atienden esa materia.

“La presentación de la demanda es el acto inicial del proceso, por medio del cual una o más personas se presentan en contra de otros para resolver un desacuerdo entre ambas partes.

Consiste en presentar una declaración de voluntad respaldada por una serie de hechos y de Derechos que asisten al demandante del proceso y por medio de la cual se presentan una o varias pretensiones”, explicó la magistrada Pérez.

La comisión técnica de implementación del código, que coordina la doctora Pérez, realizará un seguimiento constante de los resultados de la aplicación de la providencia de subsanación.

“Este es un nuevo ciclo de seguimiento del proceso de Implementación de la Ley 902, Código Procesal Civil de Nicaragua, que es un esfuerzo del Poder Judicial por garantizar un servicio de calidad, pronto y justo para los usuarios”, señaló.

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