Notas de Prensa

Juzgados de Violencia de Matagalpa y Jinotega sólo conocerán la audiencia de juicio

viernes, 03 de mayo de 2019


Escrito por Gloria del Carmen Argüello Robles

* Juzgados de Audiencia serán competentes para conocer las audiencias preliminar e inicial en la jurisdicción especializada en Violencia. 

El vicepresidente de la Corte Suprema de Justicia, doctor Marvin Aguilar García, informó a magistrados y jueces penales de la Circunscripción Norte, que los Juzgados Penales de Distrito de Audiencia de Matagalpa y Jinotega, conocerán las Audiencias Preliminares e Iniciales de los procesos de jurisdicción especializada en violencia, hasta el auto de remisión a juicio. 
Los Juzgados Penales de Distrito de Audiencia de Matagalpa y Jinotega, conocerán las Audiencias Preliminares e Iniciales de los procesos de jurisdicción especializada en violencia, hasta el auto de remisión a juicio.

El Acuerdo No. 39 del 25 de abril de 2019 de la Corte Suprema de Justicia entra en vigencia el lunes 6 de mayo de 2019, e íntegramente señala:

Primero: Habilitar por Ministerio de Ley, a los Juzgados Penales de Distrito de Audiencia de los departamentos de Matagalpa y Jinotega, para conocer sobre la audiencia preliminar e inicial de las acusaciones que se les presenten en los procesos de jurisdicción especializada de violencia, hasta el auto de remisión a juicio a los Juzgados de Distrito Especializado en violencia respectivos, sin menoscabo de las funciones propias del cargo que ostentan, que deberán realizar paralelamente.
 
Segundo: Los Juzgados de Distrito Especializado en Violencia de los departamentos de Matagalpa y Jinotega, conocerán, tramitarán y resolverán, sobre las audiencias preliminares o iniciales hasta el juicio oral y público, en todas las causas que actualmente se encuentran radicadas en sus juzgados, hasta la fecha en que se les notifique el presente Acuerdo. 
 
Tercero: Los Juzgados Penales de Distrito Especializados en Violencia de los departamentos de Matagalpa y Jinotega, no realizarán las audiencias iniciales o preliminares, de las causas que ingresen a partir del presente Acuerdo, solo conocerán y resolverán sobre la audiencia del juicio oral y público.
 
Cuarto: La asignación de los autos será distribuida por la oficina de recepción y distribución de escritos (ORDICE) de los Complejos Judiciales de Matagalpa y Jinotega respectivamente, de forma equitativa a los juzgados habilitados.
 
El magistrado Aguilar García, expresó que  “el  objetivo principal de esta medida es reducir la mora judicial que presentan los Juzgados de Violencia e institucionalizar los mecanismos de erradicación de los rezagos”. 
 
Finalizó diciendo “esperamos que este mecanismo de desahogo, que descongestionará los Juzgados de Violencia, nos permita al final del año decir que no tenemos mora en violencia y que el 22% del índice de resolución que presentamos a final del 2018, se incrementó al menos en un 80%¨. 

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