Notas de Prensa

Juzgado Único de Ticuantepe al día

lunes, 23 de septiembre de 2019


Escrito por Ana Mayling Luna Lara

* Informa la Dra. Yaoska Tapia Silva, titular de esa judicatura.

Un total de 420 causas penales, civiles y de familia, se han atendido desde el mes de enero hasta la primera semana de septiembre de este año en el Juzgado Local Único de Ticuantepe, informó la doctora Yaoska Tapia Silva, titular de esa judicatura.
Dra. Yaoska Tapia Silva, Jueza Local Único de Ticuantepe. 

La doctora Tapia Silva explicó que del total de causas, 201son procesos penales, 118 civiles y 101 de familia. En el transcurso del año se han registrado 71 casos por asedio entre particulares, seguido de 66 faltas penales y 14 lesiones imprudentes por accidentes de tránsito, entre otros ilícitos.

La jueza precisó que en materia civil los casos corresponden a procesos monitorios, ejecuciones forzosas y causas de jurisdicción voluntaria, como rectificaciones y reposiciones de partidas de nacimiento. Considera que este año habrá un incremento de las causas civiles al finalizar el mes diciembre, puesto que elaño pasado se atendieron 127 causas y en lo que va del 2019 ya se registran 118. 
 
Personal del Juzgado Local Único de Ticuantepe. 
“Además, se han atendido 101 causas de Familia, siendo los de mayor incidencia los divorcios con 60 causas, seguido de las demandas por pensión alimenticia”, explicó la jueza local único de Ticuantepe, destacando que en este municipio hay más acceso a  la justicia, lo que se ha logrado por el respaldo de los facilitadores judiciales, la Dirección de Resolución Alterna de Conflictos y la Defensoría Pública.
 
“Nosotros atendemos con prontitud al usuario y tratamos que la gente no se atrase en la solución de su conflicto. También trabajamos para reducir al mínimo la mora judicial, ya que el personal del juzgado hace el esfuerzos necesario para darle solución al usuario”, aseguró la doctora Tapia Silva.
 
La judicial finalizó afirmando que sólo existen dos causas pendientes, tramitadas con el derogado Código de Procedimiento Civil (Pr.), cuya “agilización o retraso está en dependencia del impulso que realice la parte interesada”.

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