El Tribunal Nacional Laboral de Apelaciones es una institución joven,
único órgano de apelaciones en materia laboral de Nicaragua, gestado por el
espíritu tripartito (Estado, trabajador y empleador), en el marco de los
convenios internacionales firmados por Nicaragua en el seno de la Oficina
Internacional del Trabajo (OIT).
Fue creado el 16 de febrero del año 2011 por la Asamblea Nacional bajo la LEY
755, LEY DE REFORMA Y ADICIONES A LA LEY No.260, LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL
Y CREADORA DEL TRIBUNAL NACIONAL LABORAL DE APELACIONES, y publicada en la
Gaceta diario oficial, el 24 de marzo de 2011.
Este Tribunal pretende, rescatar el valor histórico y de mayor eficacia
procesal que tuvo el Tribunal Superior del Trabajo; de igual manera procura
resolver de forma efectiva, rápida y sencilla, sin mayores costos, las demandas
laborales.
El máximo Tribunal es un garante de la jurisdicción laboral en donde no
existe la Casación. Su antecesor el Tribunal Superior del Trabajo después de 35
años de funcionamiento, fue disuelto en el artículo 6 del decreto No. 1153: Ley
Creadora de Tribunales de Apelaciones del 9 de diciembre de 1982, que fuera
publicado en la Gaceta No. 294 del 16 de diciembre de 1982, depositando tal
funcionamiento en los Tribunales de Apelaciones de las diferentes
circunscripciones regionales, ocasionando una disgregación de la jurisprudencia
en la misma materia laboral; a como se observa y lee en los Cuadernos de
Sentencias Laborales que en cuatro tomos publicó la excelentísima CSJ, lo cual
hacia necesario una unificación de la misma, visión que ahora emprende este
Tribunal.
La ausencia de un único ente regente generó que los diferentes Tribunales de
Apelaciones emitieran puntos de vista diferentes, con perspectivas
contradictorias causando incertidumbre jurídica en inversionistas que buscan
estabilidad laboral en el país. Es por ello, que el Tribunal Nacional Laboral de
Apelaciones nace del interés del Poder Judicial nicaragüense de modernizar el
derecho laboral, y, llenar tales incertidumbres jurisprudenciales, impulsando su
creación desde la Comisión Laboral de la CSJ, paralelo al Anteproyecto de Código
Procesal Laboral Nicaragüense, que reforma el libro II del Código del Trabajo al
incluir la oralidad en los juicios laborales.
El Tribunal Nacional Laboral de Apelaciones está integrado por cinco
Magistrados Propietarios y un Suplente, escogidos por concurso nacional para un
período de cinco años; posteriormente por medio de Acuerdo de Corte No. 38 del
15 de marzo de 2012, se nombra dos Magistrados Suplentes faltantes para cumplir
con lo que establece la ley 755 y completar el total de tres Magistrados
Suplentes.
Además, el Tribunal Nacional Laboral de Apelaciones funciona con la réplica
del Modelo de Gestión de Despacho Judicial y está bajo la jurisdicción
administrativa de la Corte Suprema de Justicia, sin perjuicio de su plena
independencia para dictar sus resoluciones apegadas, a la Constitución Política,
al Código del Trabajo, ley orgánica del Poder Judicial, y demás leyes.
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