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"Nicaragua cumple 37 de las 40 recomendaciones del GAFI, superadas con buenas calificaciones"

jueves 17 de agosto de 2023


Escrito por Vannya Mercedes Vallejos Moreno

* Afirmó el Dr. Julio Áreas Roque titular de la Dirección General Centralizadora de la Información en el programa radial "En Conexión" de Radio Sandino.

El doctor Julio Áreas Roque, titular de la Dirección General Centralizadora de la Información (DGCIP), de la Corte Suprema de Justicia, destacó que Nicaragua cumple con 37 de las 40 recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), en materia de prevención de lavado de dinero y protección del sistema económico nacional.

Dr. Julio Áreas Roque, titular de la Dirección General Centralizadora de la Información de la Corte Suprema de Justicia.

Lo anterior lo dijo en el programa radial “En Conexión" que se transmite en Radio Sandino.

Expresó que las recomendaciones dictan las líneas de trabajo en el marco legal, regulatorio y como Estado se deben plasmar en el sistema jurídico nacional, en las leyes y en las normativas y en el caso de Nicaragua han sido “superadas con buenas calificaciones”.

"Los años de más intensidad y estructuración de un sistema anti lavado en Nicaragua iniciaron a partir del año 2007, cuando el gobierno estableció una línea de trabajo, que se convirtió en una política nacional de enfrentamiento contra la criminalidad organizada que se conoce como el muro de contención", resaltó.

"Una de las primeras acciones en 2007 fue mejorar el tipo penal de lavado de dinero y en 2008 con la aprobación del Código Penal se introdujo el tema de lavado de dinero y sus agravantes, eso le dio fortaleza al país", explicó el doctor Áreas Roque.

Destacó que "un país no puede estar tranquilo, en paz y seguro si no está en una lucha constante contra la criminalidad, contra el crimen organizado".

El GAFI es un ente intergubernamental establecido en 1989. El mandato del GAFI es fijar estándares y promover la implementación efectiva de medidas legales, regulatorias y operativas para combatir el lavado de activos, el financiamiento al terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva y otras amenazas a la integridad del sistema financiero internacional, mediante 40 recomendaciones.

El Dr. Julio Áreas Roque, manifestó que "el Registro de Beneficiario Final de las Sociedades Mercantiles constituye un elemento más en todo el andamiaje de la seguridad nacional del país, y nosotros somos parte de este gran esfuerzo"

El doctor Áreas Roque explicó que hay 11 resultados inmediatos que son los que miden la efectividad de un país, por ejemplo:

"Se investigan los delitos de financiamiento y actividades terroristas y se procesan a las personas que financian actos terroristas, quienes están sujetas a sanciones efectivas, proporcionales y disuasorias; se impide el uso indebido de las Personas Jurídicas y otras estructuras jurídicas para el Lavado de Activos, Financiamiento al Terrorismo y la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva;

Precisó que los Supervisores vigilan, controlan y regulan a las Entidades Financieras y las Entidades y Profesiones No Financieras Designadas para garantizar el cumplimiento de los requisitos contra las prácticas de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y proliferación de armas de destrucción masiva (LA/FT/PADM), conforme a sus riesgos.

El doctor Áreas Roque manifestó que "el Registro de Beneficiario Final de las Sociedades Mercantiles constituye un elemento más en todo el andamiaje de la seguridad nacional del país.

 “Y nosotros somos parte de este gran esfuerzo, y lo importante es sostener estos sistemas que se han creado, estructurado para enfrentar estos flagelos”, aseguró.

Reforma a la Normativa del RBFSM
El doctor Áreas Roque explicó que las reformas a la Normativa del Registro de Beneficiario Final de las Sociedades Mercantiles explican a las sociedades mercantiles cuáles son sus deberes, obligaciones y derechos y cuáles son los procedimientos que tienen que realizar para poder declarar y actualizar la información del Beneficiario Final.

Agregó que se introdujeron nuevas definiciones, como el Reporte de Identificación del Beneficiario Final de Personas (RBF) que debe reportar el abogado y notario en la DGCIP desde su propio análisis operativo y criterios; y la Declaración del Beneficiario Final (DBF) que realiza el representante legal que funciona totalmente en línea 24 horas los 365 días del año", aclaró.

Así mismo refirió que, dentro del sistema de sanciones e infracciones, "si detectamos un incumplimiento a la normativa, antes de sancionarla se le envía una Nota de Calificación que dice que está en incumplimiento y se establece un plan de medidas remediales con un plazo prudencial para que subsane, antes de caer en un proceso de sanciones".

Sobre la identificación del Beneficiario Final dijo que "puede ser que una sociedad tenga 5 socios con el 20%, se debe ver quién es la persona que ocupa el control de administración o gobierno de esa sociedad, ese es el beneficiario final. Es el dueño de la sociedad, es quien la controla", esclareció el funcionario.

Mencionó que todas las oficinas registrales recuerdan desde las ventanillas a los representantes legales que deben realizar la actualización del beneficiario final.

Finalizó diciendo que "la seguridad es uno de los activos más importantes en la sociedad nicaragüense".

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