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Magistrado Armando Juárez López clausuró Curso de Actualización sobre la Ley de Justicia Constitucional

viernes 20 de octubre de 2023


Escrito por Marlon José Ocampo Espinoza

* “El modelo mixto de control de constitucionalidad recogido en la Ley de Justicia Constitucional nicaragüense, es una fórmula novedosa, de gran aporte al constitucionalismo latinoamericano”, dijo el magistrado Juárez.

El magistrado de la Corte Suprema de Justicia, doctor Armando Juárez López, presidente de la Sala de lo Constitucional, clausuró el Curso virtual de Actualización sobre la Ley 983, Ley de Justicia Constitucional, con la ponencia “Las bases teóricas del régimen jurídico y los criterios de la interpretación jurisprudencial de la Constitución Política de Nicaragua”.

“El modelo mixto de control de constitucionalidad recogido en la Ley de Justicia Constitucional nicaragüense, una fórmula novedosa, de gran aporte al constitucionalismo latinoamericano”, expresó el magistrado Juárez López.

En su disertación, destacó que “las bases teóricas del régimen jurídico y los criterios de interpretación jurisprudencial de la Constitución política de Nicaragua se encuentran condicionados con el Modelo de Estado Democrático y Social de Derecho, que define al Estado Nicaragüense en el artículo seis de la Carta Magna”.

En ese sentido manifestó que “el texto íntegro de la Constitución Política, como sustrato sustantivo normativo fundamental, y la Ley No. 983 Ley de Justicia Constitucional, que regula los mecanismos aplicables a la justicia constitucional (artículo 1 LJC), constituyen los cimientos desde donde debe partir cualquier construcción argumentativa sobre los alcances de la norma constitucional”.

Bases teóricas de la Constitución
Al margen de su ubicación dogmática, dijo, “podemos identificar como base teórica de la Constitución enunciados normativos constitucionales como la institucionalización de las conquistas de la revolución, la eliminación de la explotación, la igualdad económica, política y social y el respeto absoluto a los derechos humanos, contenidos en el “Por” del preámbulo de la Constitución.

En el curso de Actualización sobre la Ley de Justicia Constitucional se graduaron 44 funcionarios del Poder Judicial.

También enunció los principios fundamentales de independencia, soberanía y autodeterminación nacional, que son definidos como derechos y fundamentos en el artículo uno de la Norma Suprema.

Al mismo tiempo se refirió a los valores universales y generales de inspiración cristiana, ideales socialistas, prácticas solidarias, democráticas y humanísticas, los valores de la cultura e identidad nicaragüense.

Señaló que los principios de libertad, justicia y respeto a la dignidad humana, así como los del Derecho Internacional Americano, reconocido y ratificado soberanamente, de acuerdo al artículo 5 de la Constitución, también constituyen las bases teóricas de interpretación de la norma constitucional.

La actividad estuvo presidida por el magistrado Marvin Aguilar García, vicepresidente de la Corte Suprema de Justicia, el magistrado Armando Juárez López, la magistrada Patricia Delgado Sáenz y el doctor Joaquín Talavera Siles, decano del Instituto de Altos Estudios Judiciales.

Otro elemento enunciado por el magistrado Juárez en su ponencia, fue el modelo de Estado Democrático y Social de Derecho (et supra comentado), los valores superiores de dignificación del pueblo a través del ordenamiento jurídico, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la responsabilidad social y la preeminencia de los Derechos Humanos, contenidos en el artículo 6 de la norma suprema.

Asimismo, se refirió a los derechos, deberes y garantías del pueblo nicaragüense (Título IV de la Constitución), destacando en los derechos individuales, el artículo 34 referido al debido proceso y la tutela judicial efectiva, así como las garantías que de ella se derivan.

En su recorrido por el articulado de la Constitución se refirió a derechos políticos, sociales, de familia, laborales u los derechos de las comunidades de la Costa Caribe; el Título dedicado a la Educación y la Cultura y el referido a la organización del Estado.

El magistrado Marvin Aguilar García entrega certificado de conclusión del curso al magistrado de apelaciones del Caribe Sur, Antonio Ortiz.

También destacó los artículos 158, 159, 160, 163, 164 numerales 3, 4, 9 y 10; 166 y 167 de la Constitución, vinculados a las competencias otorgadas al Poder Judicial y las facultades jurisdiccionales asignadas al principio de legalidad, la tutela de derechos Humanos y la garantía de acceso a la justicia; la jurisdicción contenciosa que examina la legalidad ordinaria, así como, la organización de la Corte Suprema de Justicia en las Salas Constitucional, Civil, Penal y Contencioso Administrativo y la Corte Plena, cada una con sus propias potestades en defensa de la supremacía de la Constitución.

Bases doctrinarias

En relación a las bases doctrinarias historió señalando que con la Revolución Francesa en 1789 y la publicación del Código Civil Francés, Código Napoleónico, el 21 de marzo de 1804, se inicia la configuración de los Estados de derecho legal, la que alcanza su máxima expresión con (Hans) Kelsen con la jerarquización de las normas jurídicas, en cuya cúspide se encuentra la Constitución y todas las demás normas por debajo de esta.

En ese orden, dijo, los criterios de interpretación giraron influenciados por el derecho civil, bajo el silogismo de la premisa mayor y la premisa menor, siendo la primera, la norma general y la segunda, la aplicable al caso en particular.

Los graduandos recibieron certificados de conclusión del curso

“La labor del juez se limitó a encontrar la voluntad del legislador, ya que todas las respuestas en derecho se encontraban en la norma, dificultando el desarrollo de la jurisprudencia como fuente del derecho”, recordó.

Precisó que con la    con la Declaración Universal de Derechos Humanos, el 10 de diciembre de 1948, se comienza a construir el Estado de derecho constitucional, a partir de incorporar en la Constitución, principios y valores que sustentan los derechos fundamentales.

“El caso Marbury vs Madison, es emblemático en cuanto a considerar el principio de que toda ley contraria a la Constitución es nula”, señaló.

“Esta mixtura entre la fórmula del tribunal constitucional y la fórmula anglosajona del control de constitucionalidad ejercida por un juez, sirve para diseñar el modelo mixto de control de constitucionalidad recogido en la Ley de Justicia Constitucional nicaragüense, una fórmula novedosa, de gran aporte al constitucionalismo latinoamericano”, expresó.

Al concluir la conferencia el magistrado Juárez López, puntualizó que “el legislador nicaragüense apostó por el pluralismo de los métodos de interpretación constitucionales, modernizando la justicia constitucional, donde el intérprete atendiendo normas de carácter general y abierta, a través de la argumentación jurídica, aplica a un caso en concreto, teniendo en cuenta los principios y valores contenidos en las normas”.

En el curso de Actualización sobre la Ley de Justicia Constitucional se graduaron 44 funcionarios del Poder Judicial y se entregaron certificados de reconocimientos tanto a disentes como a docentes.

Lea aquí la ponencia completa del magistrado de la Corte Suprema de Justicia, doctor Armando Juárez López, presidente de la Sala de lo Constitucional.

 

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