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Poder Judicial de Nicaragua

Preguntas y Respuestas

PREGUNTAS FRECUENTES

De nuestros usuarios para gestiones en Secretaría del Poder Judicial de Nicaragua

Cualquier ciudadano nicaragüense tiene derecho a solicitar constancias sobre la situación actual de un Abogado o Notario público, para conocer si el abogado esta autorizado y tiene derecho de ejercer , si se encuentra suspendido o está siendo investigado
Se extiende constancias sobre: Informe de Escrituras; Actas de Matrimonio; Situación de un Abogado y/o Notario si ha sido o no suspendido o si esta o no autorizado para ejercer.

 1.- Realizar el pago establecido en el Acuerdo Nº 43 del 26 de Febrero del año 2008, dictado por el Consejo nacional de Administración y Carrera Judicial de este Supremo Tribunal, consistente en la cantidad de C$100.00 en cualquier sucursal BANPRO a la Cuenta Nº.: 10010306171103.

2.- Realizar la petición por escrito dirigido a la Secretaría de la Corte Suprema de Justicia, detallar clara y concretamente los datos relacionados a las escrituras o la información que se desea obtener.

3.- La solicitud debe ser presentada en la Oficina de la Secretaría de la Corte Suprema de Justicia, ubicada en el primer edificio, segundo piso de las instalaciones de la Corte Suprema de Justicia.


1. Nombre del Notario (indispensable).
2. Objeto del Instrumento Público.
3. Número del instrumento Público.
4. Nombres de los otorgantes.
5. Fecha de Información del Instrumento Público (indispensable).
6. Ubicación en el protocolo (folios).
7. Otra información adicional.
8. Especificar el año en que se realizó dicho instrumento

El tiempo aproximado es de 8 a 15 dias habilies, a partir de haber introducido la solicitud de constancias y son entregadas de forma personal al solicitante.
 

  • Escrituras Públicas.
  • Documentos expedidos por Registradores de la Propiedad.
  • Constancias Judiciales firmadas por los Jueces.
  • Documentos firmados por Notarios Públicos, que cumplan requisitos de Ley
  • Documentos expedidos por funcionarios judiciales entre ellos sentencias.


En el supremo tribunal no se realiza la autenticación de documentos públicos de tipo civil como partidas de nacimiento, títulos de enfermería, u otros documentos.

En la ventanilla de Caja General de la Corte Suprema de Justicia se habilitó la venta de Timbres Fiscales para comodidad del usuario.

  • Presentarse a cualquier sucursal del Banco de la Producción, BANPRO y depositar en la cuenta número 10010306171103, ciento cincuenta córdobas netos (C$150.00) que es el costo del trámite. Solamente las constancias de los jueces están exentas de pago del trámite.
  • En la ventanilla en ORDICE  solicitar el trámite de autenticación de forma verbal y entregar el documento que solicite le sea autenticado junto con la la minuta del depósito que realizó previamente en el banco.
  • Entregar dos timbres fiscales de diez córdobas, por cada documento que solicite autenticar. en caso de entregar la solicitud en papel común.

En la ventanilla de Caja General de la Corte Suprema de Justicia, se habilitó la venta de Timbres Fiscales para comodidad del usuario.

El trámite es rápido: el mismo día, la persona tendrá que esperar.

1. Presentar solicitud formal firmada y sellada por el Notario o Notaria Solicitante en hoja común blanca o papel sellado.

2. El Notario o Notaria deberá tener diez años de haberse incorporado como Notario ante la C.S.J.

3. Estar solvente con la presentación de informes anuales de índices en la Dirección General de Registro y Control de Abogados y Notarios Públicos.

4. La Firma y Sello de la Solicitud sean los registrados por el Notario o Notaria.

5. Haber Cumplido con el pago de las Multas impuestas por el Consejo Nacional de Administración y Carrera Judicial.

6. Realizar pago en Córdobas del equivalente a Cien Dólares ($ 100), en el número de cuenta 10010306171103 en BANPRO a nombre de la Corte Suprema de Justicia. Adjuntar a la solicitud minuta de depósito para la Elaboración de su Libro de Matrimonios.

1. Presentar solicitud formal firmada y sellada por el Notario o Notaria Solicitante en hoja de papel común o papel sellado.

2. Estar solvente con la presentación de informes anuales de índices en la Dirección General de Registro y Control de Abogados y Notarios Públicos.

3. La Firma y Sello de la Solicitud sean los registrados en el expediente del Notario o Notaria.

4. Haber Cumplido con el pago de las Multas y sanciones, que hubiere impuesto el Consejo Nacional de Administración y Carrera Judicial. La Secretaria elaborara un Acuerdo de Autorización de Quinquenio que firmara el Consejo Nacional de Administración y Carrera Judicial, que entregaran una certificación del Acuerdo al Notario y se Publicaran las fechas de su Quinquenio en el Estado de Consulta de Abogados y Notarios en la página web www.poderjudicial.gob.ni.

1. Presentar solicitud formal firmada y sellada por el Notario o Notaria Solicitante en hoja de papel común o papel sellado.

2. El Notario o Notaria deberá tener diez años de haberse incorporado como Notario ante la C.S.J.

3. Estar solvente con la presentación de informes anuales de índices en la Dirección General de Registro y Control de Abogados y Notarios Públicos.

4. La Firma y Sello de la Solicitud sean los registrados en el expediente del Notario o Notaria.

5. Haber Cumplido con el pago de las Multas o sanciones, que hubieran sido impuestas por el Consejo Nacional de Administración y Carrera Judicial.

6. Realizar pago en Córdobas del equivalente a Cien Dólares ($ 100), en el número de cuenta 10010306171103 en BANPRO a nombre de la Corte Suprema de Justicia. Adjuntar a la solicitud minuta de depósito para la Elaboración de su Libro de Divo

Nota:

× Estimados usuarios, si su consulta o duda no ha sido respondida en la sección de Preguntas Frecuentes puede escribirnos al correo que se provee a continuación.

Email: secretaria@poderjudicial.gob.ni