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  Breve reseña histórica

 El Tribunal Nacional Laboral de Apelaciones es una institución joven, único órgano de apelaciones en materia laboral de Nicaragua, gestado por el espíritu tripartito (Estado, trabajador y empleador), en el marco de los convenios internacionales firmados por Nicaragua en el seno de la Oficina Internacional del Trabajo (OIT).

Fue creado el 16 de febrero del año 2011 por la Asamblea Nacional bajo la LEY 755, LEY DE REFORMA Y ADICIONES A LA LEY No.260, LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL Y CREADORA DEL TRIBUNAL NACIONAL LABORAL DE APELACIONES, y publicada en la Gaceta diario oficial, el 24 de marzo de 2011.

Este Tribunal pretende, rescatar el valor histórico y de mayor eficacia procesal que tuvo el Tribunal Superior del Trabajo; de igual manera procura resolver de forma efectiva, rápida y sencilla, sin mayores costos, las demandas laborales.

El máximo Tribunal es un garante de la jurisdicción laboral en donde no existe la Casación. Su antecesor el Tribunal Superior del Trabajo después de 35 años de funcionamiento, fue disuelto en el artículo 6 del decreto No. 1153: Ley Creadora de Tribunales de Apelaciones del 9 de diciembre de 1982, que fuera publicado en la Gaceta No. 294 del 16 de diciembre de 1982, depositando tal funcionamiento en los Tribunales de Apelaciones de las diferentes circunscripciones regionales, ocasionando una disgregación de la jurisprudencia en la misma materia laboral; a como se observa y lee en los Cuadernos de Sentencias Laborales que en cuatro tomos publicó la excelentísima CSJ, lo cual hacia necesario una unificación de la misma, visión que ahora emprende este Tribunal.

La ausencia de un único ente regente generó que los diferentes Tribunales de Apelaciones emitieran puntos de vista diferentes, con perspectivas contradictorias causando incertidumbre jurídica en inversionistas que buscan estabilidad laboral en el país. Es por ello, que el Tribunal Nacional Laboral de Apelaciones nace del interés del Poder Judicial nicaragüense de modernizar el derecho laboral, y, llenar tales incertidumbres jurisprudenciales, impulsando su creación desde la Comisión Laboral de la CSJ, paralelo al Anteproyecto de Código Procesal Laboral Nicaragüense, que reforma el libro II del Código del Trabajo al incluir la oralidad en los juicios laborales.

El Tribunal Nacional Laboral de Apelaciones está integrado por cinco Magistrados Propietarios y un Suplente, escogidos por concurso nacional para un período de cinco años; posteriormente por medio de Acuerdo de Corte No. 38 del 15 de marzo de 2012, se nombra dos Magistrados Suplentes faltantes para cumplir con lo que establece la ley 755 y completar el total de tres Magistrados Suplentes.

Además, el Tribunal Nacional Laboral de Apelaciones funciona con la réplica del Modelo de Gestión de Despacho Judicial y está bajo la jurisdicción administrativa de la Corte Suprema de Justicia, sin perjuicio de su plena independencia para dictar sus resoluciones apegadas, a la Constitución Política, al Código del Trabajo, ley orgánica del Poder Judicial, y demás leyes.





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