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Dirección General de Registro y Control de Abogados y Notarios Públicos

Poder Judicial de Nicaragua

Registro de Abogado y Notarios

SOLICITUDES QUINQUENIOS

NOTA: Existen dos vías para la presentación de solicitud de quinquenios, de manera física y electrónica mediante su cuenta en línea:
  • Presentar en físico: Solicitud dirigida al secretario (C.S.J) Dr. Rubén Montenegro firmada y sellada en hoja de papel común o papel sellado original y copia a ORDICE de la Corte Suprema de Justicia. Se adjunta formato de solicitud de Quinquenio.
  • Presentar en línea Solicitud dirigida al Secretario (C.S.J.) Dr. Rubén Montenegro, firmada y sellada en hoja de papel común o papel sellado Original para enviar en línea dentro del Sistema de Gestiones electrónicas de manera Digital y Adjunta en formato PDF, con Usuario que fue asignado a cada Abogado y Notario(a) Público. Se adjunta formato de solicitud de Quinquenio, dando clic en el siguiente Formato de Quinquenio
  • • Estar solvente con la presentación de informes anuales de Índices en la Dirección General de Registro y Control de Abogados y Notarios Públicos. conforme artículo 4 del decreto 658 de 1981
  • • La Firma y Sello de la Solicitud sean los registrados en el expediente del Notario o Notaria conforme artículo 3 del decreto 658 de 1981
  • • Haber Cumplido con el pago de las Multas y sanciones, que hubiere impuesto el Consejo Nacional de Administración y Carrera Judicial. En caso de no tener ninguna omitir.
  • • Si la solicitud de quinquenio es Denegada y no se encuentra al día conforme los requisitos de ley se le notificara al correo registrado, a fin que cumpla o presente el requisito faltante, teniendo 30 días desde la notificación para presentarlo, de no cumplir el termino el sistema eliminara el tramite automáticamente.
  • • Si su solicitud es Aprobada y el solicitante cumple los requisitos de ley se remite solvencia a Secretaria de la CSJ, para que se elabore acuerdo de autorización de Quinquenio, remitiéndose a aprobación y firma del CNAJ.
  • • El Acuerdo de Quinquenio aprobado se publicara la fecha de su Quinquenio en el Estado de Consulta de Abogados y Notarios en la página www.poderjudicial.gob.ni y se notifica nueva autorización de quinquenio al Notario solicitante a su correo electrónico, finalizando el tramite.
NOTA: SI NO CUMPLE CON LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS NO SE LE REALIZARÁ EL TRAMITE DE SU REGISTRO.

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