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Dirección General de Registro y Control de Abogados y Notarios Públicos

Poder Judicial de Nicaragua

Departamento de Constancias e Índices.

Recepción de índices Notariales

En el periodo establecido por la ley en el área de Índices, realiza la recepción de los informes notariales de Protocolo, Matrimonio, Divorcio y Cartas de no cartulación de conformidad a lo estipulado en la Ley del Notariado y la Ley 139 Ley que le da Mayor Utilidad a la Institución del Notariado, con la presentación conforme el Decreto Ley 1618 de 1969 en el Art. 7, que establece que la presentación de los índices será hasta el día 31 de enero de cada año. Procedimiento Indices:
  • • Corroborar que el índice reúna todos los requisitos que establece la Ley del Notariado y demás disposiciones administrativas.
  • • Se procede a sellar cada una de las hojas de los índices presentados en dos tantos del mismo tenor.
  • • Se resguarda cada uno de los índices recibidos para su posterior análisis, revisión y remisión al Departamento Archivo Nacional de índices para su resguardo.

  • CORRECCION DE INDICES CON ERRORES DE FORMA.
    • • Atención a usuarios.
    • • Solicitud de información pertinente.
    • • Inspección de la Matriz del protocolo donde se encuentra el error
    • • Cotejo del índice con error con la matriz del protocolo
    • • Levantamiento de acta de comparecencia donde queda subsanado el error la cual es firmada por el secretario de la Corte Suprema de Justicia, la Directora General de Registro y Control de Abogados y Notarios Públicos y el Notario Público

    Extensión : 1289.
    Correo Electrónico Constanciaseindices@poderjudicial.gob.ni


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