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Reforma a la Ley de Registros mejorará esfuerzos por prevenir lavado de dinero

lunes 17 de agosto de 2020


Escrito por Marlon José Ocampo Espinoza

* Expresó el doctor Julio C. Arias Roque, director de la DGCIP de la CSJ.

El anteproyecto de Reforma a la Ley de los Registros Públicos (Ley 698), presentado por la Corte Suprema de Justicia ante la Asamblea Nacional, mejorará los esfuerzos del país para prevenir el delito de lavado de dinero, expresó el doctor Julio César Arias Roque, titular de la Dirección General Centralizadora de la Información y Prevención de la Corte Suprema de Justicia.

El proyecto de reforma a la ley de los registros públicos, contribuye a los esfuerzos del país por prevenir el delito de lavado de dinero”, dijo el Dr. Julio C. Arias Roque, titular de la DGCIP.

“Con esta reforma a la Ley 698 el Estado de Nicaragua está cumpliendo con las Recomendación 24 del Grupo de Acción Financiero Internacional (GAFI), sobre transparencia y beneficiario final de las personas jurídicas, aseguró el doctor Arias Roque en el programa radial del Poder Judicial “Una Hora con la Justicia”.

Con esta iniciativa “se podrán desarrollar mecanismos de detección, prevención y enfrentamiento a las actividades ilícitas del blanqueo de capitales”, manifestó el titular de la DGCIP.
Agregó que “estas recomendaciones del GAFI forman parte del Derecho Internacional Público y del ordenamiento jurídico de cada país miembro, unos 200 en total”.

El funcionario explicó que la reforma creará el Registro del Beneficiario Final (persona que tiene el control accionario en una sociedad mercantil), que pueden ser incluso varios, por ejemplo si hay cuatro socios con el 25 por ciento cada uno en una sociedad mercantil.

El doctor Arias Roque explicó que el notario, al constituir una sociedad mercantil, debe hacer el reporte a la DGCIP de quién es el beneficiario final y registrarlo en el Registro Público. Con la reforma se pretende que la propia sociedad gestione y declare en el Registro quién es su beneficiario y esté actualizando si hay cambios que afecten al beneficiario”.

En las sociedades mercantiles de capital extranjero, “el beneficiario final es el que mayor acciones tenga”, respondió el funcionario a la pregunta de un oyente del programa radial.
El director de la DGCIP manifestó que la reforma a la Ley de los Registros “es un esfuerzo nacional para tener una economía sana, segura y no convertir el país en un paraíso del lavado de dinero. Se trata de transparentar la función del notario, que puede ser aprovechado en una operación inusual”.

“Cuando se aprueban nuevas leyes, siempre hay personas que se oponen a los cambios. Pero son reacciones adversas, porque por medio están los intereses económicos, políticos y corporativos”, argumentó el doctor Arias Roque.

El funcionario reiteró que “la creación del registro del beneficiario final en la reforma es una exigencia del GAFI, de acuerdo a sus recomendaciones. No es algo que está inventando el gobierno. No se está violentando ningún procedimiento, porque las entidades son de carácter privado.  Es decir, el Estado no puede decirte con quién te vas asociar, cómo vas a repartir las ganancias. Pero si la actuación de esa persona jurídica afecta los derechos de terceros, esas actuaciones o conductas son atingentes al Derecho Público”.

Finalizó el doctor Arias Roque que “la Comisión de Justicia de la Asamblea Nacional nos informó que algunos sectores privados están enviando sus aportaciones y observaciones a la reforma de la Ley 698. Nosotros en los próximos días vamos a estar explicándoles a estos sectores en qué consiste la reforma a la Ley General de los Registros Públicos”.

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