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Granada: Capacitan a pobladores Sobre Ley 779 y Ley de Alimentos

martes 24 de junio de 2014


Escrito por Maria Elena Campos M.


El juzgado Segundo Local Penal e IXCHEN, impartieron una charla a los pobladores de la comunidad “Los Cocos”, en Granada, sobre la Ley Integral Contra la Violencia Hacia la Mujer (Ley 779) y la Ley de Alimentos.

 

La información fue dada a conocer por la  doctora Jeneth  Calderón  Vega, titular del juzgado Segundo Local Penal, quien explicó que impartieron esas charlas, porque las faltas y las demandas por incumplimiento de los deberes de alimentos son las que más llegan a los juzgados locales penales.

“Los más de cincuenta pobladores, en su mayoría mujeres, absorbieron todo lo que les pudimos transmitir ya que estaban muy interesadas en el tema. Nuestro interés es reforzar esos conocimientos, tanto a los pobladores como a los Facilitadores Judiciales”, dijo la doctora Calderón Vega.

“Las capacitaciones son necesarias porque hay mucho desconocimiento sobre la Ley de Alimentos. Muchas mujeres no interponen una demanda de alimentos por falta de recursos y piensan que tienen que pagarle a un abogado, cuando la Defensoría Pública les ofrece el  servicio de asesoría gratis”, agregó la doctora Calderón Vega.

La judicial aclaró que los Facilitadores Judiciales pueden mediar en casos de pensión alimenticia y la mediación es permitida en cualquier momento del proceso, incluso hasta un poco antes de que el juez dicte sentencia, pero en la mayoría de los casos los hombres prefieren ser llevados hasta el juzgado penal  y esperar ser enviados a prisión por el juez.

“El temor de ellos es que hay una sanción para restituir el derecho del menor. Ellos tienen temor hasta de venir aquí a la judicatura, porque su abogado les explica las consecuencias. Mientras el caso va caminando en la vía civil, ellos están libres y en la calle no les preocupa el proceso”, explicó  la doctora Calderón Vega.

No obstante, agregó, “la mayoría de este tipo de casos terminan en mediación en cualquier parte del proceso. Pero también el hecho de no exigir una pensión alimenticia para el menor no sólo tiene que ver con ignorancia sobre los procedimientos legales, sino también porque el aspecto cultural pesa mucho”.

“Muchas mujeres expresan que sus madres les dijeron “tené orgullo, mantené  a tu chavalo. Mirá yo tuve tantos hijos y nunca anduve molestando a tu papá, para que no me humillará”. Tienen esa cultura de que es la mujer la que “pide” y el hombre el que “da”, dijo la judicial.

Y no es así. La mujer es la administradora del dinero. Es ella, que por tener la custodia del menor tiene la obligación de administrar ese dinero”, concluyó la doctora Calderón Vega.

 

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