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Joven con discapacidad gana demanda de alimentos a su padre

jueves 28 de agosto de 2014


Escrito por Janelys Del Socorro Carrillo Barrios

* Su padre incumplió sus obligaciones alimentarias no por carecer de ingresos fijos, sino porque desde que se divorció de su mamá dirigió todas sus atenciones a su otra familia.

Una pensión de 300 dólares o su equivalente en córdobas impuso la jueza Primero de Distrito de Familia, doctora María José Arauz Henriquez, a Lesly Alberto Abea Guerrero, llevado a juicio por pensión de alimentos por su hijo Lesly Alberto Abea Noguera, quien desde los seis años de edad padece de distrofia muscular.
 

Doctora María José Arauz Henríquez, jueza Primero de Distrito de Familia de Managua.

Con base en las pruebas aportadas por el joven, quien demostró que su padre incumplió sus obligaciones alimentarias con él, no por carecer de ingresos fijos sino porque desde que se divorció de su mamá dirigió todas sus atenciones a su otra familia, la judicial ordenó al demandado el pago vitalicio de alimentos para su hijo, los días 15 de cada mes a través de una cuenta bancaria.

Al conocer el fallo, el joven expresó que se siente contento y satisfecho por el resultado, pues desde que decidió demandar a su padre esperaba que la ley se pusiera de su lado por cuanto le asiste el Derecho.

“Mi caso se llevó seis meses y considero que es buen tiempo, porque sé que no sólo yo tengo juicios en el Tribunal; aunque es probable que  (el demandado) ponga más trabas y apele, no importa, yo espero”, dijo Lesly Alberto.

Al resolver la demanda interpuesta en febrero pasado por el joven, la jueza Arauz Henríquez indicó que quedó demostrado que “quien ha asumido la manutención del joven en su totalidad ha sido su madre y la nueva pareja de ésta”.

Sostiene además que el demandado sí tiene un alto poder adquisitivo que le permite pagar los estudios de otro de sus hijos en una universidad privada, según indican las pruebas aportadas.

La distrofia muscular que Lesly Alberto padece desde los seis años lo obliga a movilizarse en silla de ruedas, pero además a permanecer sujetado a ella con un fajón.

Facebook lo delató
Además, agrega el escrito, “el demandado tiene efectivamente una familia constituida con la que se recrea en restaurantes y sale fuera del país”, lo cual quedó demostrado “con pruebas documentales consistentes en 16 fotografías impresas bajadas de Facebook”.

En contraste, se estableció que en una prueba de confesión el demandante sostuvo que su padre le dio una tarjeta de débito sin fondos, razón por la que una vez tuvo que llamarlo para que pagara en un restaurante a donde había ido a comer.

El fallo judicial invoca la constancia emitida por el doctor Luis Alemán Neira, de la Asociación Los Pipitos, en la que certifica que el joven Abea Noguera fue atendido ahí a los 13 años y en la escuela de parálisis cerebral infantil desde 1996, con diagnóstico de distrofia muscular.

Además, consigna que recibe servicios de atención médica continua, según resultados de exámenes de laboratorio clínico de un hospital privado y que su mamá debe cancelar en dólares.

Durante el proceso la judicial accedió a la petición del demandado y giró oficio al Instituto de Medicina Legal para determinar la capacidad legal del demandante, pero además, ordenó que se le practicara una valoración sicológica.

Las pruebas periciales determinaron que el joven “se encuentra completamente capacitado para hacer valer su derecho elemental y humano de alimentación en todo su alcance”.

También destaca que la incapacidad física y motora del muchacho se demostró con el dictamen médico legal del doctor Serdán Zelaya Centeno, “incapacidad total para laborar, realizar actividades cotidianas domésticas o personales básicas”, por lo que requiere de atención personal permanente las 24 horas del día.

El fallo refiere que el pago por la atención personalizada que Lesly Alberto recibe lo asume el nuevo compañero de su mamá E.A.C.M., quien mes a mes firma los recibos por 200 dólares a la señora J.V.B.

Pero además, precisa que en la evaluación ordenada por la judicial, la sicóloga hizo ver que pese a presentar una capacidad física que lo limita en la realización de sus actividades con plenitud, Lesly Alberto demostró “capacidad de juicio y lucidez mental” lo que valida las decisiones que tome respecto a la administración de sus recursos.

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