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Urge aprobación de Convenio sobre cobro de alimentos

miércoles 28 de enero de 2015


Escrito por Janelys Del Socorro Carrillo Barrios

* Para poder ejecutar una sentencia de pensión de alimentos en el extranjero.

La jueza Primero de Distrito de Familia de Managua, doctora María José Arauz Henríquez, instó a la Comisión de Familia, Niñez y Adolescencia de la Asamblea Nacional, a retomar el estudio y aprobación del Convenio Internacional sobre Cobro de Alimentos.

La aprobación de este Convenio por parte del Estado de Nicaragua, hará posible la ejecución de una sentencia de pensión de alimentos cuando el alimentante (padre o madre) se encuentre en el extranjero.

Ante el incumplimiento de una sentencia de alimentos, la mujer puede acudir a la vía penal para acusar por omisión deliberada de prestar alimentos al padre de su hijo o demandar la ejecución de sentencia en los juzgados civiles o de Familia, explicó la jueza María José Arauz.

La judicial formuló el llamado durante el programa radial del Poder Judicial “Una hora con la justicia”, que los jueves de cada semana se transmite por Radio La Primerísima, donde compareció para explicar cómo se está preparando el Poder Judicial ante la entrada en vigencia del Código de Familia.

La referencia sobre el tema surgió luego que un oyente del programa  planteó a la administradora de justicia la situación que atraviesa una señora, que pese a haber obtenido una sentencia judicial a favor de su hijo, lleva cuatro años esperando ejecutarla porque el padre se encuentra en Estados Unidos.

El Tratado internacional fue aprobado el 23 de Noviembre de 2007, por la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado, pero Nicaragua debe aprobarlo y adherirse a él para que se convierta en ley de la República, indicó la jueza Arauz Henríquez.
Tramitación engorrosa

“Nosotros tenemos regulada la tramitación en el Código de Procedimiento Civil para hacer valer una sentencia en el extranjero, pero como es burocrática pierde su efectividad; la aprobación de la ley la simplificaría porque usaríamos las comunicaciones directas entre los Estados firmantes del Convenio para hacerla más expedita”, subrayó.

Una sentencia debe ser ejecutable donde se encuentre el deudor de los alimentos, pues así lo establece el Convenio y para Nicaragua reviste mayor importancia dada la alta tasa de migración, sostuvo la judicial.

Durante el programa Una hora con la justicia se estableció que de los ingresos al Tribunal de Familia un 32 por ciento corresponde a  divorcios, de causas y el 99 por ciento lleva implícito el reclamo del derecho de alimentos.

La doctora Arauz aseguró que los países en los que con mayor frecuencia hay problemas para ejecutar un sentencia de pensión de alimentos son Estados Unidos, Costa Rica, Panamá y España.

“Tenemos alto índice de migración hacia esos países y aunque el derecho de alimentos no muere, el problema es cómo hacer efectiva esa sentencia fuera del país.

“El convenio internacional elimina los formalismos entre las autoridades centrales (MIFAN en el caso de Nicaragua), que son las encargadas de realizar las comunicaciones o a través de los jueces de enlace”, precisó.

El Artículo 18 del Código de Familia establece que un juicio de esta naturaleza se debe fallar conforme la normativa del Código y el Tratado correspondiente.

Por designación de la Corte Suprema de Justicia, la doctora Arauz es la Juez de Enlace para la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado. Ella aseguró que entre otras cosas hay que adecuar el Convenio de Cobro Internacional para que el pago se pueda hacer a través de transacciones bancarias de país a país.

La jueza Primero de Familia, doctora María José Arauz, instó a las parejas en proceso de separación a buscar un arreglo en armonía por el bienestar de sus hijos.

Finalmente, la judicial dijo categóricamente que el Tribunal de Familia está preparado para la entrada en vigencia del Código de Familia en abril próximo, por cuanto la instauración de la oralidad en su aplicación “es un punto de partida significativo”.

El sistema escrito (vigente aún), fue uno de los factores que incidió en el crecimiento de la mora que ya se está superando, sostuvo.
Destacó el nombramiento de más jueces y la adecuación de la infraestructura física y jurídica de cara a lo oralidad, y agregó que “ya se ve y se sienten resultados sobre las causas que entran y salen, y como el Código recoge los principios y tendencias modernas de los conceptos y leyes de familia, eso le dará realce al acceso a la justicia porque se verá la efectividad en cuanto a la respuesta pronta y efectiva para los usuarios”.

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