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Abogados deben presentar demandas con apego al Código de Familia

martes 14 de abril de 2015


Escrito por Janelys Del Socorro Carrillo Barrios

* Abogados están interponiendo las demandas sin acreditar su poder de representación o invocando leyes derogadas por el nuevo estatuto, afirman jueces de Familia.

Los jueces de Familia para la oralidad están preocupados, debido a que una gran cantidad de demandas recibidas a la luz del Código de Familia no llenan los requisitos de ley y dejan entrever la falta de manejo de los abogados respecto de la nueva norma.


 

Doctora María José Arauz Henríquez, jueza Primero de Distrito de Familia para la oralidad.

Poca o ninguna claridad en las pretensiones, ausencia del poder de representación legal tanto de abogados como por parte de la Defensoría Pública e invocación de leyes ya derogadas, son parte de las incidencias presentadas en las demandas ingresadas a partir del 8 de Abril para ser tramitadas en la vía oral.
Así lo confirmaron las juezas María José Arauz Henríquez, Belda María Cárcamo Sánchez, Mercedes Inés Leiva Castellón y José Ramón Barberena Ramírez, días después de la entrada en vigencia del Código de Familia.

La doctora Cárcamo Sánchez, jueza Segundo de Distrito de Familia para la oralidad, previno que las demandas deben invocar principalmente los derechos que el Código de Familia reconoce a niños, niñas y adolescentes y agregó que de cuatro asuntos ingresados a su juzgado tres no ofrecían pruebas de ningún tipo.

 

Doctora Belda María Cárcamo Sánchez, jueza Segundo de Distrito de Familia para la oralidad.

“Es importante el acompañamiento y acreditación del poder de representación de él o la asesora técnica porque los derechos que están en juego hay que saberlos pedir; como muchas veces esto no ocurre, esos derechos más bien quedan desprotegidos”, planteó la judicial.

Errores causarán desequilibrio
Ejemplificó que si en una audiencia hay que practicar o impugnar una prueba documental y sólo está presente el abogado de una de las partes, el que no tiene representante no sabrá hacerlo. “Eso provocaría un desequilibrio procesal que terminaría perjudicando al usuario o usuaria, y aunque la autoridad judicial intente superar la situación de forma eficaz no será posible porque no puede sustituir a las partes”, dijo la doctora Cárcamo Sánchez.

 

Doctora Mercedes Inés Leiva Castellón, jueza Segundo Local de Familia para la oralidad.

Esta situación está obligando a los judiciales mandar a subsanar los errores o en el peor de los casos a rechazar los asuntos, como ocurrió con la doctora Arauz Henríquez, jueza Primero de Distrito de Familia para la oralidad, tras revisar una Demanda de Alimentos en la que la parte demandante tiene su domicilio en Diriamba, departamento de Carazo.

El juez Barberena y su homóloga, la jueza Leiva Castellón, comentaron que hay quienes están compareciendo a título personal, otros sin poder de representación, planteando sus pretensiones de forma confusa e invocando la Ley de Alimentos o la de Divorcio Unilateral ya derogadas, entre otras cosas.

“En los casos que procede estoy mandando a subsanar errores en un plazo no mayor de tres días, pero si regresan con la misma debilidad habrá que rechazarla”, indicó el judicial; mientras que la doctora Leiva dijo que en uno de los casos que revisó, alguien solicita modificar una Pensión de Alimentos pero no especifica de qué forma.

Sin perspectivas claras

No establecen con claridad los puntos que deben contener las Demandas de Divorcio ni relacionan o sustentan cómo van a probar sus pretensiones; las demandas no cumplen la regla general ni  específicas en el caso de los divorcios”, apuntó la jueza Arauz Henríquez.

 

 Doctor José Ramón Barberena Ramírez, juez Cuarto de Familia para la oralidad.

Valoró que muchos pierden la perspectiva de que ahora no sólo los jueces de Familia tienen competencia para conocer de estos casos, sino también los juzgados de Distrito Civil, Locales Civiles y Locales Únicos, pero además deben comparecer con asesoría técnica.

“Los abogados deben adecuarse a la nueva legislación, no están leyendo cómo deben presentar una demanda, tienen que adjuntar pruebas y  relacionar qué pretenden probar con cada una”, insistió.

La doctora Silvia Castillo Salaverry, coordinadora general del Tribunal de Familia, estimó que la poca cantidad de demandas interpuestas en las primeras horas del 8 y 9 de abril, podría responder a que los abogados “están en proceso de adaptación de cara al Código de Familia”.

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