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Distribuyen casos civiles escritos para no obstaculizar entrada en vigencia del CPCN

lunes 03 de abril de 2017


Escrito por María Elsa Baca Suárez

La magistrada presidenta de la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, doctora Ileana Pérez López, explicó que el proceso de distribución de las causas civiles pendientes de resolución que pertenecen al proceso escrito es una medida para garantizar que el nuevo Código Procesal Civil entre en vigencia sin dificultad.

Agregó que durante varios meses los magistrados del Supremo Tribunal que coordinan circunscripciones en el país evaluaron la medida y presentaron ante el Pleno de la Corte Suprema una propuesta de reorganización de funcionarios judiciales, para que de forma separada atiendan los casos civiles que aún se encuentran con el método escrito y los que ingresen este próximo 10 de abril que ya responden a un procedimiento oral.

Conforme a lo establecido en la Constitución Política, numerales uno y siete del artículo 164 y en los numerales dos y cuatro del artículo 64 de la  Ley 260, Ley Orgánica del Poder Judicial, es atribución de la Corte Suprema de Justicia organizar y dirigir la administración de Justicia.

Según el acuerdo número 27 aprobado este 30 de marzo, los Juzgados Locales Únicos de todas las circunscripciones del país serán competentes para conocer y resolver mediante el proceso civil escrito y oral sin distinción.

Sin embargo, establece que en el departamento de León el Juzgado Segundo Distrito Civil y el Local Civil conocerán el proceso civil oral; y el Juzgado  Primero Distrito Civil de León quedará conociendo del proceso escrito hasta agotar los expedientes existentes.

Se le otorgó competencia al Juzgado de Distrito, que anteriormente fue  habilitado para conocer del proceso escrito de Familia, para que también resuelva las causas del Proceso Civil Escrito del juzgado Segundo de Distrito Civil y juzgado Local Civil del Departamento de León, por un año.

En el caso de Chinandega los juzgados Segundo Distrito Civil y Local Civil, conocerán del proceso Oral.

El juzgado Primero Distrito Civil quedará conociendo las causas del proceso civil escrito existentes en el Juzgado Segundo de Distrito Civil y el Juzgado Local Civil de Chinandega.

Los cambios se realizaron también en la Circunscripción Norte, donde decidieron que el juzgado Segundo de Distrito Civil, Segundo Local Civil y Primero Local Civil, todos del Departamento de Matagalpa, conocerán del proceso civil Oral.

Por otra parte, el Juzgado Primero de Distrito Civil de Matagalpa conocerá del proceso civil escrito del Juzgado Segundo de Distrito Civil y de los Juzgados Locales Civiles de Matagalpa, hasta que finalicen.

En Jinotega el Juzgado Segundo de Distrito Civil y el Local Civil, también atenderán los procesos orales. Además, el juzgado Primero Civil de Distrito de Jinotega conocerá del proceso escrito del juzgado Segundo de Distrito Civil y Juzgado Local Civil de ese municipio.

También el Juzgado Primero Civil de Distrito y el Local Civil, ambos de Granada, se dedicarán a lo oral.

El juzgado Segundo Civil de Distrito de Granada además de la carga del proceso civil escrito que tiene, asumirá la del juzgado Primero de Distrito Civil y del juzgado Local Civil del Departamento de  Granada, hasta su finalización.

En el caso del municipio de Rivas el Juzgado de Distrito Civil y Local Civil, se dedicarán al proceso civil oral.

También se decidió nombrar a la licenciada Ana Érica Zambrana Áreas, como Juez Suplente, para que conozca, tramite y resuelva las causas del proceso civil escrito de los juzgados de Distrito y juzgado Local Civil, ambos del Departamento de Rivas, por un período de un año prorrogable hasta concluir la resolución de todos los procesos.

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