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Restituyen derecho a mujer cuyo ex esposo pretendía arrebatarle medio de subsistencia

miércoles 09 de octubre de 2019


Escrito por Karla Cuadra Lopez

* Sentencia con perspectiva de género.

El Tribunal de Apelaciones de León restituyó los derechos de una mujer y de su hija, ambas originarias del municipio de Nagarote, cuyo ex esposo pretendía arrebatarles el medio de trabajo que utilizaban para su subsistencia. 
 
Una resolución del Tribunal Apelaciones de León, restituyó derechos a una mujer y su hija originarias de Nagarote.

El hombre interpuso en noviembre del 2018 una demanda de Disolución de Vínculo Matrimonial por Voluntad de una de las Partes, proponiendo cinco mil córdobas como pensión alimenticia para su hija, pero con la condición de que la demandada le entregara una máquina de bordado industrial, que ella utilizaba como herramienta de trabajo en la fabricación de mochilas.

La señora se opuso a la pretensión, alegando que las maquinarias, vivienda y menaje fueron adquiridos durante los seis años de noviazgo y 10 de matrimonio. La autoridad judicial de primera instancia disolvió el vínculo matrimonial, decretó la pensión alimenticia por la suma de 3,750  córdobas, otorgó el cuido y crianza a la madre y ordenó la devolución de la máquina al demandante.
 
Ante la decisión judicial, la demandada acudió a la Defensoría Pública de León para que se le ayudase a apelar de la sentencia, nombrándosele como defensora a la licenciada Lissette María Macías Molina. “La demandada nos buscó porque no contaba con los recursos para pagar un abogado, ella es una madre que está sacando adelante a su hija, porque desde hace más de un año no recibe apoyo económico del papá de la niña”, dijo. 
 
 
Licda. Lissette María Macías Molina, defensora pública en materia de Familia de León. 
El Tribunal de Alzada dio lugar al Recurso de Apelación interpuesto por la defensora pública, reformando la decisión del Juzgado Local Único de Nagarote en lo referido a los alimentos de la niña, estableciendo la suma de cinco mil córdobas mensuales y ordenando la devolución de la máquina de bordado a la señora demandada.
 
La ciudadana recordó que durante los 16 años de relación de pareja, ambos empezaron en un pequeño establecimiento, donde ella elaboraba las mochilas y su ahora ex esposo las vendía, hasta que el negocio creció logrando hacerse de bienes en común. 
 
“Logramos revertir la sentencia de primera instancia, en los puntos que la demandada consideraba injustos. La sentencia del Tribunal de Apelaciones de León se fundamenta en el interés superior de la niña y protege de las formas de discriminación, violencia patrimonial y económica contra la mujer”, dijo la defensora pública de ese departamento de Occidente.  
 
Agregó, “la resolución también asegura las condiciones de igualdad entre hombres y mujeres, logramos obtener una sentencia con perspectiva de género, restituyéndole los derechos a la madre y a su hija”.
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