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Tribunal de Apelaciones de Masaya realiza primer audiencia de apelación con el CPCN

miércoles 23 de octubre de 2019


Escrito por Linnette Mendoza Ibarra

La Sala Civil del Tribunal de Apelaciones de Masaya realizó la primera audiencia de apelación, tramitada con el Código Procesal Civil de Nicaragua, informó la magistrada Ana María Pereira Terán, presidenta de ese órgano jurisdiccional de la Circunscripción Oriental.

“Es un momento histórico, ya que es la primera audiencia que este tribunal celebra con el Código Procesal Civil”, dijo la magistrada Pereira Terán, explicando que el Recurso de Apelación fue promovido contra una sentencia del Juzgado Segundo de Distrito Civil de Masaya, que dio ha lugar a una demanda con Acción reivindicatoria.

La Sala Civil de Tribunal de Apelaciones de Masaya, en la primera audiencia de apelación con el CPCN

El recurso fue interpuesto en el mes de septiembre de este año por un tercero opositor, que no estuvo en el juicio de primera instancia. “En la audiencia conocimos de forma oral  la fundamentación de los agravios de las partes”, explicó la presidenta de la Sala Civil del tribunal de alzada.

La parte perdidosa alegó en el Recurso de apelación que ellos únicamente eran inquilinos de la propiedad en litigio, afirmación que fue demostrada en juicio, razón por la cual nunca debieron ser demandados. Por su parte, el tercero opositor solicitó intervención de ley y se adhirió a la apelación alegando que era verdadero el dueño del bien inmueble.

El artículo 557 del CPCN establece que “el juzgado o tribunal que haya de resolver sobre la apelación, a solicitud de parte y si fuera necesario, convocará y celebrará una audiencia conforme el proceso sumario establecido en este Código, donde las partes alegarán lo que consideren oportuno en apoyo a su expresión y contestación de agravios, admitiéndose y practicándose la prueba cuando proceda, en la misma audiencia”.

La Sala Civil de Tribunal de Apelaciones de Masaya  --integrada por la magistrada Pereira Terán y los magistrados Carlos Alberto Padilla Narváez e Iván Martin Escobar Aguilar--, revocó la resolución de primera instancia y  dejó a salvo el derecho a la parte perdidosa para que dilucide quién es el dueño de la propiedad.

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