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ACTUALIZACIONES SOBRE FIRMA Y SELLO.-
LEY QUE REGULA LAS RESPONSABILIDADES DE ABOGADOS Y NOTARIOS INCORPORADOS A LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Decreto Ley No. 658 de 24 de febrero de 1981
Publicado en La Gaceta No. 50 de 3 de marzo de 1981
Artículo 3.-El notario y los jueces deberán registrar su firma y sello. Cualquier variación de nombres o apellidos deberán ser notificadas a la Corte Suprema y autorizada por ésta mediante resolución.
La dirección que aparezca en la ficha, para efectos de notificaciones surtirá todos los efectos legales aunque el notario se encontrare ausente o fuera del país. Cualquier cambio de dirección deberá notificarse por escrito a la Secretaría de la Corte.
Procedimiento para realizar Actualización de Firma de Abogado y Notario Público.-
El Notario o Notaria Público debe presentarse en la Secretaria de la Corte Suprema de Justicia, a la oficina de recepción de escritos, expresando que desea Actualizar su Firma registrada.
El Notario o Notaria deberá llenar con sus datos una esquela de Reconocimiento de Firma, la que Firmara Ante el Secretario de la Corte Suprema de Justicia.
El Notario deberá actualizar su Carné de Abogado y Notario Público con la Firma actualizada.
Posteriormente llevará la esquela de Reconocimiento de Firma original con una copia, al Departamento de Quinquenios de la Dirección de Control de Notarios, para registrar su nueva firma, la cual será actualizada en su expediente y sistema de credenciales.
REQUISITOS DEL SELLO EN CASO DE PÉRDIDA, ROBO O DETERIORO:
En el caso de pérdida, deterioro o robo del sello, se tiene que presentar en la Secretaria de la CSJ un escrito en papel de ley, dirigido al consejo nacional de administración y carrera judicial, informando lo que paso con su sello, (En el caso de robo o pérdida del sello adjuntar denuncia de la policía).
Posteriormente dirigirse a la dirección de Inspectoría Judicial, con el recibido del escrito presentado, para solicitar constancia, relacionado al escrito presentado en secretaria de la CSJ.
Posteriormente dirigirse al departamento de registro, para presentar la solicitud del nuevo sello, en original y copia.
Adjuntar el depósito del sello de su elección, el de madera $20 y el automático de $35, esto en su equivalente en córdobas, número de cuenta 10010306171103, en Banpro.
Adjuntar constancia solicitada en Inspectoría Judicial.
NOTA: SI NO CUMPLE CON LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS NO SE LE REALIZARA EL TRAMITE.
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