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Direccion General

de Gestión de Despachos Judiciales - CSJ

Marco Legal de la DGGDJ:

El consejo Nacional de Administración y Carrera Judicial (CNACJ), mediante Acuerdo no. 37 del 18 de febrero del 2008 (de Creación), Acuerdo no. 76 del 17 de abril del 2008 (Aprobación Normativa DGGDJ) y Acuerdo no. 92 del 21 de marzo 2014 (ratificación), expresa que la Dirección General de Gestión de Despachos Judiciales, es la instancia es encargada de la integridad, gestión, administración, seguimiento, implementación y réplicas del Modelo de Gestión de Despachos Judiciales y Sistema Automatizado Nicarao, a nivel Nacional.

Base Legal del Modelo de Gestión de Despachos Judiciales.

• CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE NICARAGUA.

Art. 164. De la Constitución Política de Nicaragua.

Atribuciones de la Corte Suprema de Justicia:
1) Organizar y dirigir la administración de justicia.

• LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA. LEY 260.

Atribuciones de la Corte Plena.

Artículo 64. Además de lo establecido en los artículos 25, 26, y 27 de la presente Ley, corresponde a la Corte Plena:

2. Organizar y dirigir la Administración de Justicia de conformidad con la Constitución Política y demás leyes de la Republica,

TECNICAS MODERNAS.

Artículo 127. La Corte Suprema de Justicia por medio de su Comisión de Administración, dispondrá las medidas necesarias a fin de adecuar el trámite de documentos, el manejo de los expedientes judiciales y el archivo a las técnicas modernas de administración.

Artículo 86. Por análogos motivos y siguiendo el mismo procedimiento establecido para la creación de estas oficinas, la Corte Suprema de Justicia podrá acordar, en aquellas sedes en que haya varios órganos judiciales, la creación de otros servicios comunes, tales como, información al público, embargos y archivo de expedientes o piezas.

Documentos:
1. Acuerdos de Creación de la DGGDJ y Aprobación de Normativa DGGDJ
1. Acuerdo de Ratificación